ITP en Andalucía (2026): calculadora y tipos reducidos

Actualizado el 1 de octubre de 2026Normativa de 2026

En Andalucía la compra de una vivienda usada paga un 7 % de ITP. Si va a ser tu vivienda habitual y vale hasta 150.000 € pagas un 6 %, y baja al 3,5 % si eres menor de 35 años, víctima de violencia doméstica o del terrorismo o compras en un municipio de menos de 3.000 habitantes (hasta 150.000 €), o si hay discapacidad en la familia o eres familia numerosa (hasta 250.000 €). En vivienda nueva se paga un 10 % de IVA más un 1,2 % de AJD, con tipos del 1 %, 0,3 % o 0,1 % para esos mismos colectivos.

Calculadora de ITP en Andalucía
Sin IVA en vivienda nueva.
Opcional. Si es mayor que el precio, se paga sobre él.
Opcional. Algunos tipos reducidos tienen límite de renta.
Familia numerosa, discapacidad, zona rural y más
País Vasco: el 2,5 % exige hasta 120 m².

Calculando…

Vivienda usada de 200.000 € en Andalucía: 14.000 € de ITP con el tipo que corresponde por defecto; un comprador de 30 años, 14.000 €.

Tipo general del ITP en Andalucía

7 % sobre el valor de la vivienda.

Tipo único del 7 % para la compra de inmuebles, sea cual sea su valor (art. 41 Ley 5/2021).

Tipos reducidos del ITP en Andalucía

CasoTipoRequisitos
Vivienda habitual de hasta 150.000 €6 %vivienda de hasta 150.000 €, vivienda habitual
Cualquier comprador que destine la vivienda a su residencia habitual, si el valor no supera 150.000 €. La vivienda debe habitarse de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de 12 meses y constituir la residencia del comprador durante al menos 3 años seguidos. El valor máximo se mide sobre el 100 % de la vivienda (incluidos hasta dos garajes y anexos comprados junto con ella).
Menores de 35 años3,5 %34 años o menos, vivienda de hasta 150.000 €, vivienda habitual
El comprador debe ser menor de 35 años en la fecha de la compra y destinar la vivienda a su residencia habitual; valor máximo 150.000 €. Si compran un matrimonio o una pareja de hecho, basta con que uno de los dos cumpla el requisito. La vivienda debe habitarse de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de 12 meses y constituir la residencia del comprador durante al menos 3 años seguidos. El valor máximo se mide sobre el 100 % de la vivienda (incluidos hasta dos garajes y anexos comprados junto con ella).
Persona con discapacidad (comprador o familiar)3,5 %vivienda de hasta 250.000 €, discapacidad desde el 33 %, vivienda habitual
Discapacidad reconocida igual o superior al 33 % del comprador o, desde 2026, de otra persona de su núcleo familiar que vaya a vivir en la vivienda. Valor máximo 250.000 €. La vivienda debe habitarse de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de 12 meses y constituir la residencia del comprador durante al menos 3 años seguidos. El valor máximo se mide sobre el 100 % de la vivienda (incluidos hasta dos garajes y anexos comprados junto con ella).
Familia numerosa3,5 %vivienda de hasta 250.000 €, familia numerosa, vivienda habitual
El comprador debe tener el título de familia numerosa en vigor en la fecha de compra y la vivienda debe ser la residencia habitual de la familia. Valor máximo 250.000 €. La vivienda debe habitarse de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de 12 meses y constituir la residencia del comprador durante al menos 3 años seguidos. El valor máximo se mide sobre el 100 % de la vivienda (incluidos hasta dos garajes y anexos comprados junto con ella).
Víctima de violencia doméstica3,5 %vivienda de hasta 150.000 €, víctima de violencia de género o terrorismo, vivienda habitual
Personas con orden de protección en vigor inscrita en el Registro Central. Valor máximo 150.000 €. La vivienda debe habitarse de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de 12 meses y constituir la residencia del comprador durante al menos 3 años seguidos. El valor máximo se mide sobre el 100 % de la vivienda (incluidos hasta dos garajes y anexos comprados junto con ella).
Víctima del terrorismo3,5 %vivienda de hasta 150.000 €, víctima de violencia de género o terrorismo, vivienda habitual
Víctimas del terrorismo o personas afectadas reconocidas. Valor máximo 150.000 €. La vivienda debe habitarse de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de 12 meses y constituir la residencia del comprador durante al menos 3 años seguidos. El valor máximo se mide sobre el 100 % de la vivienda (incluidos hasta dos garajes y anexos comprados junto con ella).
Municipio con problemas de despoblación3,5 %vivienda de hasta 150.000 €, municipio rural o en riesgo de despoblación, vivienda habitual
Vivienda situada en un municipio andaluz de menos de 3.000 habitantes. Valor máximo 150.000 €. La vivienda debe habitarse de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de 12 meses y constituir la residencia del comprador durante al menos 3 años seguidos. El valor máximo se mide sobre el 100 % de la vivienda (incluidos hasta dos garajes y anexos comprados junto con ella).

Cuánto se paga de ITP en Andalucía: ejemplos

Comprador100.000 €200.000 €300.000 €500.000 €
General (45 años)6.000 €14.000 €21.000 €35.000 €
Joven de 30 años3.500 €14.000 €21.000 €35.000 €
Familia numerosa3.500 €7.000 €21.000 €35.000 €
Discapacidad del 65 %3.500 €7.000 €21.000 €35.000 €
Municipio rural3.500 €14.000 €21.000 €35.000 €
Vivienda usada que será la primera vivienda habitual, comprada con hipoteca, valor de referencia no superior al precio. Los tipos con límite de renta se aplican suponiendo que se cumple.

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo2 meses desde el día siguiente a la firma de la escritura (acto o contrato)
Modelo600
AdministraciónAgencia Tributaria de Andalucía (Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos)
Base del impuestoMayor entre precio escriturado y valor de referencia del Catastro (art. 10 TRLITP)

Novedades 2026

Desde el 1 de enero de 2026 el tipo reducido por discapacidad (3,5 % en ITP y 0,1 % en AJD) se aplica también cuando la persona con discapacidad es otro miembro del núcleo familiar del comprador que vaya a vivir en la vivienda (Ley 8/2025, de Presupuesto para 2026). Además, el Decreto-ley 1/2026 establece un tipo del 0 % en ITP y AJD para quien compre una vivienda habitual que sustituya a otra destruida por las borrascas de enero y febrero de 2026 (compras hasta el 31 de diciembre de 2026, valor máximo 250.000 €).

Normativa y fuentes oficiales

Revisado el 1 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el ITP en Andalucía en 2026?
7 % sobre el valor de la vivienda. Por una vivienda usada de 200.000 € se pagan 14.000 €.
¿Hay ITP reducido para jóvenes en Andalucía?
No hay un tipo reducido por edad que se aplique a una vivienda de 200.000 €: un comprador de 30 años paga lo mismo, 14.000 €. Consulta los demás tipos reducidos de esta página.
¿Sobre qué valor se paga el ITP?
Sobre el mayor entre el precio de la escritura y el valor de referencia del Catastro. Si el valor de referencia es mayor, se paga sobre él y después se puede pedir la rectificación aportando pruebas.
¿Cuándo hay que pagar el ITP en Andalucía?
2 meses desde el día siguiente a la firma de la escritura (acto o contrato), con el modelo 600.
¿Quién paga el ITP, el comprador o el vendedor?
El comprador. El vendedor paga, en su caso, la plusvalía municipal y el IRPF por la ganancia.

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