¿Heredar o donar en Andalucía? Qué sale más barato
Adelantar la herencia con una donación puede ahorrar o costar mucho dinero según la comunidad, el importe y, sobre todo, si se trata de dinero o de un inmueble. Así sale la cuenta en Andalucía en 2026.
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Dinero: heredar o donar a un hijo en Andalucía
| Importe | Heredando | Donando (con escritura) | Más barato |
|---|---|---|---|
| 50.000 € | 0 € | 50,20 € | Heredar |
| 150.000 € | 0 € | 216 € | Heredar |
| 400.000 € | 0 € | 756 € | Heredar |
| 800.000 € | 0 € | 1.716 € | Heredar |
Vivienda de 250.000 € comprada por 90.000 €
| Concepto | Heredando (era su vivienda habitual) | Donando |
|---|---|---|
| Impuesto de quien recibe | 0 € | 426 € |
| IRPF de quien dona (ganancia de 160.000 €) | 0 € (no tributa al fallecer) | 35.680 € (0 € si tiene 65 años o más y es su vivienda habitual) |
| Plusvalía municipal | La paga el heredero | La paga quien recibe |
En territorio común, al donar el inmueble el padre pagaría unos 35.680 € de IRPF sobre la ganancia. Por eso, con inmuebles muy revalorizados, heredar suele salir más barato salvo que el donante tenga 65 años o más y done su vivienda habitual.
Otras cosas a tener en cuenta
- Una donación es irrevocable (salvo casos tasados) y el donante pierde el control del bien.
- Las donaciones a hijos se tienen en cuenta en la herencia (colación) salvo que el donante diga lo contrario.
- Las reglas de la comunidad cuentan: en herencias, la de residencia del fallecido; en donaciones de dinero, la de quien recibe, y en inmuebles, la del lugar donde están.
Normativa y fuentes oficiales
Revisado el 29 de septiembre de 2026.
- Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (arts. 26, 32-38 y 40) — texto consolidado BOE, última actualización 31/12/2025
- Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2026 (BOJA 31-12-2025; DF 9.ª modifica el art. 40 Ley 5/2021)
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (supletoria: arts. 20.6, 21, 22, 30)
- Iberley — art. 40 Ley 5/2021 (texto vigente tras Ley 8/2025)
- Junta de Andalucía — Bonificación en adquisiciones inter vivos
- Iberley — art. 32 Ley 5/2021
- Iberley — art. 33 Ley 5/2021
- Iberley — art. 34 Ley 5/2021
- Iberley — art. 35 Ley 5/2021
- ATRIAN — Beneficios fiscales en el impuesto sobre donaciones
Preguntas frecuentes
¿Qué sale más barato en Andalucía, heredar o donar dinero a un hijo?
Para 150.000 € en dinero: heredando se pagan 0 € y por donación 216,20 € (con escritura).
¿Por qué donar un inmueble suele salir caro?
Porque quien dona paga IRPF por la revalorización del inmueble desde que lo compró (del 19 % al 30 % sobre la ganancia en 2026), mientras que al fallecer esa ganancia no tributa ("plusvalía del muerto"). Además, en herencia suele haber reducción por vivienda habitual.
¿Hay excepciones para los mayores de 65?
Sí: la ganancia por transmitir la vivienda habitual por una persona de 65 años o más está exenta en el IRPF, y Hacienda lo aplica también a la donación (consultas vinculantes V1261-25 y V0571-26). En ese caso donar la vivienda deja de penalizar en el IRPF.
¿La plusvalía municipal cambia entre heredar y donar?
Se paga en los dos casos y la paga quien recibe el inmueble. En herencias el plazo es de 6 meses (prorrogable) y algunos ayuntamientos bonifican a hijos y cónyuge solo en herencias.
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