Metodología y fuentes

Actualizado el 29 de septiembre de 2026Normativa de 2026

Las calculadoras aplican la normativa de cada territorio publicada en el BOE, los boletines autonómicos y forales y las webs oficiales de las administraciones tributarias. Revisión: 29 de septiembre de 2026.

Orden de cálculo

  1. Base imponible: dinero y bienes recibidos, más el ajuar doméstico (sobre bienes, no sobre dinero), más los seguros de vida, menos deudas y gastos deducibles.
  2. Reducciones: parentesco, discapacidad, edad, vivienda habitual, seguros y reducciones propias de cada territorio, incluidas las que dependen del total de reducciones (Aragón y Castilla y León).
  3. Tarifa del territorio o la específica del grupo, cuando existe.
  4. Coeficiente por patrimonio previo, con la regla de salto del art. 22.3 LISD en territorio común.
  5. Bonificación en cuota: fija, por tramos de base, media ponderada (Cataluña), por fecha (Comunitat Valenciana) o por circunstancias personales.

Lo que las calculadoras no incluyen

Normativa estatal de referencia

Cada ficha de comunidad enlaza su normativa y las fuentes con las que se verificaron las cifras.

Aviso

Los resultados son orientativos y no sustituyen la autoliquidación ni el asesoramiento de un profesional. Si detectas un error, escríbenos a contacto@impuestometro.es.