Donar dinero a un hijo en Andalucía: cuánto se paga en 2026
Si das dinero a tu hijo en Andalucía, él paga el impuesto de donaciones con la normativa de Andalucía. Lo que más cambia el resultado son los requisitos formales: escritura pública y origen del dinero justificado.
Calculando…
Tabla: impuesto por donar dinero a un hijo en Andalucía
| Dinero donado | Con escritura | Sin escritura | Hijo menor de 21 (con escritura) |
|---|---|---|---|
| 5.000 € | 3,50 € | 3,50 € | 3,50 € |
| 20.000 € | 16,20 € | 1.620 € | 16,20 € |
| 50.000 € | 50,20 € | 5.020 € | 50,20 € |
| 100.000 € | 126 € | 12.620 € | 126 € |
| 200.000 € | 316 € | 31.620 € | 316 € |
| 400.000 € | 756 € | 75.620 € | 756 € |
Requisitos para pagar menos
Art. 40 Ley 5/2021 (redacción Ley 8/2025, desde 1-1-2026): bonificación del 99% de la cuota para grupos I y II (cónyuge, pareja de hecho inscrita, descendientes, ascendientes y equiparados por acogimiento). Solo sobre la parte de cuota que corresponda a bienes declarados de forma espontánea, sin requerimiento previo. Requisitos: (a) bienes cuya transmisión no exige documento público (dinero, muebles, participaciones…): formalizar la donación en documento público con entrega simultánea del bien cuando la base imponible supere 5.000 €; para ese umbral se suman todas las donaciones del mismo donante al mismo donatario en los 3 años anteriores (excluidos inmuebles u otros bienes que ya exigen escritura). (b) Dinero o cuentas/depósitos/activos del art. 12 Ley 19/1991 con base > 5.000 €: escritura en el plazo máximo de 1 mes desde la entrega y origen de los fondos debidamente justificado y manifestado en la propia escritura. (c) Donaciones de dinero por un total fijo en entregas aplazadas: una única escritura con todas las entregas previstas; la entrega simultánea se entiende cumplida si la primera entrega coincide con la firma o la escritura se otorga en 1 mes desde la primera entrega. Hasta 31-12-2025 la escritura (y la justificación del origen) se exigían para cualquier importe. Siempre hay que presentar autoliquidación (modelo 651) en 2 meses.
Cómo hacer la donación paso a paso
- Haz la entrega por transferencia bancaria desde una cuenta del donante: deja rastro del origen del dinero.
- Si el territorio exige escritura (ver arriba), firma la donación ante notario en el plazo indicado, indicando el origen de los fondos y el medio de entrega. Cuesta unos cientos de euros.
- Quien recibe presenta el modelo 651 en 2 meses desde el día siguiente a la donación.
- Guarda los justificantes: la donación computa durante 3 años para las siguientes del mismo donante.
Plazo, modelo y dónde se presenta
| Plazo | 2 meses desde el día siguiente a la donación (acto o contrato), sin prórroga — plazo propio andaluz para devengos desde 1-1-2022 (antes 30 días hábiles) |
|---|---|
| Modelo | 651 |
| Administración | Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN) |
| Qué comunidad se aplica | Dinero y bienes muebles: la de residencia habitual de quien recibe (la de más días en los últimos 5 años). Inmuebles: la del lugar donde están. |
| Pareja de hecho | Equiparada al cónyuge. Parejas de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía (Ley 5/2002) se equiparan a cónyuges (art. 26 Ley 5/2021). También se equiparan a adoptados/adoptantes las personas en acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción. |
Normativa y fuentes oficiales
Revisado el 29 de septiembre de 2026.
- Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (arts. 26, 32-38 y 40) — texto consolidado BOE, última actualización 31/12/2025
- Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2026 (BOJA 31-12-2025; DF 9.ª modifica el art. 40 Ley 5/2021)
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (supletoria: arts. 20.6, 21, 22, 30)
- Iberley — art. 40 Ley 5/2021 (texto vigente tras Ley 8/2025)
- Junta de Andalucía — Bonificación en adquisiciones inter vivos
- Iberley — art. 32 Ley 5/2021
- Iberley — art. 33 Ley 5/2021
- Iberley — art. 34 Ley 5/2021
- Iberley — art. 35 Ley 5/2021
- ATRIAN — Beneficios fiscales en el impuesto sobre donaciones
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dinero puedo dar a mi hijo sin pagar impuestos en Andalucía?
¿Tiene que pagar IRPF el padre que dona dinero?
¿Hacienda se entera de las transferencias entre padres e hijos?
¿Y si en vez de donarlo se lo presto?
¿Se pueden fraccionar las donaciones para pagar menos?
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