Donar dinero a un hijo en Madrid: cuánto se paga en 2026

Actualizado el 29 de septiembre de 2026Normativa de 2026

Si das dinero a tu hijo en Madrid, él paga el impuesto de donaciones con la normativa de Madrid. Lo que más cambia el resultado son los requisitos formales: escritura pública y origen del dinero justificado.

Calcula el impuesto por donar dinero a un hijo en Madrid
Dinero: donde reside quien recibe. Inmueble: donde está.
Dinero, o valor del inmueble (en territorio común, como mínimo el valor de referencia).
Más datos (donaciones anteriores, patrimonio, discapacidad…)
Se acumulan para calcular el tipo.
Solo para Aragón.

Calculando…

Donar 50.000 € a un hijo en Madrid: 49,44 € con escritura y 4.944,22 € sin ella.

Tabla: impuesto por donar dinero a un hijo en Madrid

Dinero donadoCon escrituraSin escrituraHijo menor de 21 (con escritura)
5.000 €3,82 €3,82 €3,82 €
20.000 €16,63 €1.663 €16,63 €
50.000 €49,44 €4.944 €49,44 €
100.000 €124 €12.407 €124 €
200.000 €316 €31.621 €316 €
400.000 €810 €80.956 €810 €
Sin destino a vivienda, sin donaciones previas del mismo donante en 3 años ni patrimonio previo relevante.

Requisitos para pagar menos

Art. 25.2 DLeg 1/2010 (redacción Ley 2/2025, vigor 1-7-2025). a) Bonificación del 100 % de la cuota tributaria en donaciones de personas físicas cuya base imponible no supere 1.000 € (se suman las donaciones del mismo donante al mismo donatario de los 3 años anteriores); estos contribuyentes están dispensados de presentar la autoliquidación salvo que adquieran bienes que deban inscribirse en un registro público. b) Grupos I y II: 99 % de la cuota tributaria; grupo III (hermanos, sobrinos, tíos, y colaterales de 2.º-3.er grado y ascendientes/descendientes por afinidad: cuñados, suegros, yernos, nueras, hijastros): 50 %. Requisitos de b): 1) si la base imponible supera 10.000 € (o su contravalor en moneda extranjera), computando las donaciones del mismo donante al mismo donatario de los 3 años anteriores, la donación debe formalizarse en documento público; hasta 10.000 € basta documento privado (antes del 1-7-2025 se exigía siempre documento público). 2) Si lo donado es metálico o un bien del art. 12 de la Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio (depósitos, cuentas, etc.), debe justificarse el origen de los fondos y manifestarse ese origen en el documento en que se formalice la transmisión. 3) No se aplica la bonificación si la elevación a documento público se produce después de vencido el plazo voluntario de declaración. Grupo IV (primos, extraños): sin bonificación (salvo donaciones ≤1.000 €).

Cómo hacer la donación paso a paso

  1. Haz la entrega por transferencia bancaria desde una cuenta del donante: deja rastro del origen del dinero.
  2. Si el territorio exige escritura (ver arriba), firma la donación ante notario en el plazo indicado, indicando el origen de los fondos y el medio de entrega. Cuesta unos cientos de euros.
  3. Quien recibe presenta el modelo 651 en 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se cause el acto o contrato.
  4. Guarda los justificantes: la donación computa durante 3 años para las siguientes del mismo donante.

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo30 días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se cause el acto o contrato (art. 67.1.b RD 1629/1991); sin prórroga. Donaciones de personas físicas de hasta 1.000 € (acumulando 3 años) no tienen obligación de declarar salvo que el bien deba inscribirse en un registro público (art. 25.2.a DLeg 1/2010).
Modelo651
AdministraciónDirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo)
Qué comunidad se aplicaDinero y bienes muebles: la de residencia habitual de quien recibe (la de más días en los últimos 5 años). Inmuebles: la del lugar donde están.
Pareja de hechoEquiparada al cónyuge

Normativa y fuentes oficiales

Revisado el 29 de septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero puedo dar a mi hijo sin pagar impuestos en Madrid?
No existe una cantidad libre general: toda donación tributa. En Madrid donar 50.000 € a un hijo cuesta 49,44 € cumpliendo los requisitos y 4.944,22 € sin cumplirlos.
¿Tiene que pagar IRPF el padre que dona dinero?
No. Donar dinero no genera ganancia patrimonial para quien dona. El IRPF del donante solo aparece cuando dona bienes que se han revalorizado, como un inmueble o acciones.
¿Hacienda se entera de las transferencias entre padres e hijos?
Los bancos informan de movimientos relevantes y Hacienda cruza datos. Una transferencia sin declarar puede considerarse una donación no presentada, con cuota completa, recargos o sanción y, en muchas comunidades, sin bonificación.
¿Y si en vez de donarlo se lo presto?
Un préstamo entre familiares no tributa como donación si es real: contrato por escrito, calendario de devolución y devoluciones efectivas. Se presenta el modelo 600 (exento de ITP). Si no se devuelve, Hacienda puede tratarlo como una donación encubierta.
¿Se pueden fraccionar las donaciones para pagar menos?
Las donaciones del mismo donante al mismo donatario en 3 años se acumulan para calcular el tipo, así que fraccionar en ese plazo no reduce el impuesto.

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