Heredar dinero de tus padres en Madrid: cuánto se paga en 2026
Si heredas dinero, depósitos, fondos o acciones de tu padre o tu madre en Madrid, pagas el impuesto de sucesiones según la normativa de Madrid. Aquí tienes cuánto se paga según la cantidad.
Calcula el impuesto por heredar dinero en Madrid
Calculando…
Heredar 100.000 € de tus padres en Madrid cuesta 98,23 € si tienes 45 años. Con 400.000 €, 768,51 €.
Tabla: impuesto por heredar dinero de los padres en Madrid
| Dinero heredado | Hijo (45 años) | Hijo (16 años) | Nieto (30 años) | Tipo efectivo (hijo 45) |
|---|---|---|---|---|
| 30.000 € | 11,19 € | 0 € | 11,19 € | 0,04 % |
| 60.000 € | 42,13 € | 20,37 € | 42,13 € | 0,07 % |
| 100.000 € | 98,23 € | 67,97 € | 98,23 € | 0,1 % |
| 200.000 € | 282 € | 240 € | 282 € | 0,14 % |
| 400.000 € | 769 € | 718 € | 769 € | 0,19 % |
| 800.000 € | 1.952 € | 1.892 € | 1.952 € | 0,24 % |
| 1.500.000 € | 4.326 € | 4.258 € | 4.326 € | 0,29 % |
Qué reducciones y bonificaciones tienen los hijos en Madrid
| Hijos de 21 años o más | Reducción: 16.000 €. Bonificación: 99 %. |
|---|---|
| Hijos menores de 21 | Reducción: 16.000 € + 4.000 € por año menos de 21 (máximo 48.000 €). Bonificación: 99 %. |
| Discapacidad | 55.000 € desde el 33 %; 153.000 € desde el 65 %. |
Cómo se declara el dinero heredado
- Cuentas y depósitos: el saldo a la fecha del fallecimiento. Pide al banco el certificado de saldos a esa fecha.
- Cuentas con varios titulares: solo entra en la herencia la parte del fallecido. La cotitularidad no prueba por sí sola la propiedad; se presume a partes iguales salvo prueba de que el dinero era de otro titular.
- Fondos y acciones: por su valor a la fecha del fallecimiento. Al heredarlos, el valor declarado pasa a ser tu precio de compra para el IRPF.
- Seguros de vida: no forman parte de la herencia, pero tributan en sucesiones por el beneficiario. Ver seguro de vida en Madrid.
- Deudas y gastos: las deudas del fallecido acreditadas y los gastos de entierro y funeral se restan de la herencia.
Pasos para cobrar el dinero de una herencia
- Certificado de defunción y certificado de últimas voluntades (3,86 €, a partir de 15 días hábiles tras el fallecimiento).
- Testamento o, si no lo hay, declaración de herederos ante notario.
- Certificado de saldos del banco a la fecha del fallecimiento.
- Autoliquidación del impuesto (modelo 650) en 6 meses desde el fallecimiento.
- Con el justificante, el banco reparte el saldo entre los herederos.
Plazo, modelo y dónde se presenta
| Plazo | 6 meses desde el fallecimiento; prorrogable otros 6 meses (con intereses de demora) si se solicita dentro de los 5 primeros meses (formulario 467F1 de la Comunidad de Madrid) |
|---|---|
| Modelo | 650 |
| Administración | Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) |
| Qué norma se aplica | Residencia habitual del causante en la comunidad autónoma donde haya permanecido más días del periodo de los 5 años inmediatamente anteriores, contados de fecha a fecha, que finalice el día anterior al del devengo (art. 28.1.1º.a y 32.2.a Ley 22/2009). Si no se cumple, se aplica la normativa estatal (o, para no residentes UE/EEE, la opción de la DA 2ª LISD). |
Normativa y fuentes oficiales
Cifras revisadas el 29 de septiembre de 2026 en estas fuentes:
- Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado (arts. 21-26) — texto consolidado
- Ley 2/2025, de 25 de junio, de la Comunidad de Madrid (bonificación del 50 % para el grupo III; vigor 1-7-2025)
- Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (supletoria)
- BOE — Ley 2/2025 (PDF del BOCM)
- BOE — DLeg 1/2010 Madrid consolidado (PDF)
- Ministerio de Hacienda — Texto actualizado tributos cedidos Madrid
- Texto consolidado DLeg 1/2010 (dossier Cortes de Castilla y León)
- Comunidad de Madrid — Calculadora del Impuesto de Sucesiones
- Comunidad de Madrid — Prórroga plazos sucesiones
- Ministerio de Hacienda — Tributación Autonómica. Medidas 2026, cap. I
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga por heredar 100.000 € de los padres en Madrid?
Un hijo de 45 años paga 98,23 € por heredar 100.000 € en dinero en Madrid. Con 400.000 € pagaría 768,51 €.
¿A partir de cuánto dinero se paga una cantidad apreciable en Madrid?
Para un hijo de 45 años, el impuesto supera los 100 € a partir de unos 110.000 € heredados. Por debajo paga 0 € o una cantidad pequeña, porque las reducciones y bonificaciones absorben casi toda la cuota.
¿Se paga IRPF por heredar dinero?
No. Las herencias tributan en el impuesto de sucesiones, no en el IRPF del heredero. Lo que sí tributa en el IRPF son los rendimientos que genere ese dinero después, y la ganancia si luego vendes fondos o acciones heredados.
¿Puede el banco bloquear la cuenta del fallecido?
Sí. Hasta que los herederos acreditan su derecho y el pago o la presentación del impuesto, el banco no entrega el saldo: la ley le hace responsable subsidiario si lo entrega antes (art. 8 LISD). Muchos bancos permiten pagar el impuesto con el dinero de la propia cuenta.
¿Se aplica el ajuar doméstico al dinero heredado?
Según el Tribunal Supremo (sentencia de 19 de mayo de 2020), el 3 % del ajuar solo se calcula sobre los bienes de uso doméstico o personal, no sobre dinero, cuentas, acciones o fondos. Por eso los ejemplos de esta página no suman ajuar.
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