ITP en Aragón (2026): calculadora y tipos reducidos

Actualizado el 1 de octubre de 2026Normativa de 2026

En Aragón la compra de una vivienda usada paga ITP por tramos: 8 % hasta 400.000 € y hasta un 10 % en la parte que supere 750.000 €. Los menores de 35 años, las personas con discapacidad de al menos el 65 % y las víctimas de violencia de género tienen una bonificación del 12,5 % si la vivienda no supera 100.000 €; las familias numerosas con renta limitada, del 50 % (60 % en el medio rural). En vivienda nueva se paga un 10 % de IVA y un 1,5 % de AJD, con bonificaciones del 30 % al 70 % para esos colectivos.

Calculadora de ITP en Aragón
Sin IVA en vivienda nueva.
Opcional. Si es mayor que el precio, se paga sobre él.
Opcional. Algunos tipos reducidos tienen límite de renta.
Familia numerosa, discapacidad, zona rural y más
País Vasco: el 2,5 % exige hasta 120 m².

Calculando…

Vivienda usada de 200.000 € en Aragón: 16.000 € de ITP con el tipo que corresponde por defecto; un comprador de 30 años, 16.000 €.

Tipo general del ITP en Aragón

Escala por tramos: 8 % de 0 € a 400.000 €; 8,5 % de 400.000 € a 450.000 €; 9 % de 450.000 € a 500.000 €; 9,5 % de 500.000 € a 750.000 €; 10 % desde 750.000 €. Cada tipo se aplica solo a la parte del valor que cae en su tramo.

Escala progresiva: cada parte del valor tributa a su tipo (8 % hasta 400.000 €, 8,5 % de 400.000 a 450.000, 9 % de 450.000 a 500.000, 9,5 % de 500.000 a 750.000 y 10 % por encima).

Tipos reducidos del ITP en Aragón

CasoTipoRequisitos
Menores de 35 añosBonificación del 12,5 %34 años o menos, vivienda de hasta 100.000 €, vivienda habitual
Bonificación del 12,5 % de la cuota (equivale a pagar un 7 %) si el comprador es menor de 35 años, la vivienda va a ser su residencia habitual y su valor no supera 100.000 €. Si se compra en proindiviso, la bonificación se aplica en proporción a la parte de quien cumple.
Discapacidad igual o superior al 65 %Bonificación del 12,5 %vivienda de hasta 100.000 €, discapacidad desde el 65 %, vivienda habitual
Bonificación del 12,5 % de la cuota para compradores con discapacidad de al menos el 65 % que adquieren su vivienda habitual de hasta 100.000 €.
Mujer víctima de violencia de géneroBonificación del 12,5 %vivienda de hasta 100.000 €, víctima de violencia de género o terrorismo, vivienda habitual
Bonificación del 12,5 % de la cuota. Se acredita con orden de protección en vigor o sentencia firme dictada en los 10 años anteriores. Vivienda habitual de hasta 100.000 €.
Familia numerosaBonificación del 50 %renta de hasta 35.000 €, familia numerosa, vivienda habitual
Bonificación del 50 % de la cuota, sin límite de valor de la vivienda. Requisitos (todos a la vez): tener la condición legal de familia numerosa en la fecha de compra; que sea la vivienda habitual de la familia; que la vivienda anterior, si la había, se venda entre los 2 años anteriores y los 4 posteriores a la compra; que la nueva tenga una superficie útil más de un 10 % superior a la anterior; y que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del IRPF de la familia, menos los mínimos personales y familiares, no supere 35.000 €, más 6.000 € por cada hijo por encima del mínimo para ser familia numerosa. Si es la primera vivienda, los requisitos de venta y superficie no se exigen. El límite de renta de 35.000 € sube 6.000 € por cada hijo que supere el mínimo para ser familia numerosa.
Familia numerosa en el medio ruralBonificación del 60 %renta de hasta 35.000 €, familia numerosa, municipio rural o en riesgo de despoblación, vivienda habitual
La bonificación de la familia numerosa sube al 60 % en los núcleos del medio rural aragonés acogidos al régimen especial de fiscalidad diferenciada (zonas con riesgo alto o extremo de despoblación según la Ley 13/2023 de dinamización del medio rural). Mismos requisitos que la bonificación general de familia numerosa. El límite de renta de 35.000 € sube 6.000 € por cada hijo que supere el mínimo para ser familia numerosa.

Cuánto se paga de ITP en Aragón: ejemplos

Comprador100.000 €200.000 €300.000 €500.000 €
General (45 años)8.000 €16.000 €24.000 €40.750 €
Joven de 30 años7.000 €16.000 €24.000 €40.750 €
Familia numerosa4.000 €8.000 €12.000 €20.375 €
Discapacidad del 65 %7.000 €16.000 €24.000 €40.750 €
Municipio rural8.000 €16.000 €24.000 €40.750 €
Vivienda usada que será la primera vivienda habitual, comprada con hipoteca, valor de referencia no superior al precio. Los tipos con límite de renta se aplican suponiendo que se cumple.

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo1 mes desde el día siguiente a la fecha de la escritura (devengo)
Modelo600
AdministraciónAdministración Tributaria de Aragón (Dirección General de Tributos, Gobierno de Aragón)
Base del impuestoMayor entre precio escriturado y valor de referencia del Catastro (art. 10 TRLITP)

Novedades 2026

No hay cambios en vigor en 2026 en los impuestos de compra de vivienda: siguen las mismas escalas y bonificaciones. Las rebajas anunciadas para jóvenes, familias numerosas y medio rural no están aprobadas como ley a fecha de esta revisión.

Normativa y fuentes oficiales

Revisado el 1 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el ITP en Aragón en 2026?
Escala por tramos: 8 % de 0 € a 400.000 €; 8,5 % de 400.000 € a 450.000 €; 9 % de 450.000 € a 500.000 €; 9,5 % de 500.000 € a 750.000 €; 10 % desde 750.000 €. Cada tipo se aplica solo a la parte del valor que cae en su tramo. Por una vivienda usada de 200.000 € se pagan 16.000 €.
¿Hay ITP reducido para jóvenes en Aragón?
No hay un tipo reducido por edad que se aplique a una vivienda de 200.000 €: un comprador de 30 años paga lo mismo, 16.000 €. Consulta los demás tipos reducidos de esta página.
¿Sobre qué valor se paga el ITP?
Sobre el mayor entre el precio de la escritura y el valor de referencia del Catastro. Si el valor de referencia es mayor, se paga sobre él y después se puede pedir la rectificación aportando pruebas.
¿Cuándo hay que pagar el ITP en Aragón?
1 mes desde el día siguiente a la fecha de la escritura (devengo), con el modelo 600.
¿Quién paga el ITP, el comprador o el vendedor?
El comprador. El vendedor paga, en su caso, la plusvalía municipal y el IRPF por la ganancia.

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