Seguro de vida en Aragón: impuesto al cobrarlo en 2026
El dinero de un seguro de vida por fallecimiento tributa en el impuesto de sucesiones del beneficiario. En Aragón la reducción específica es: 100 % de lo cobrado con un límite de 9.195,49 € para cónyuge, hijos y descendientes y padres.
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Un cónyuge que cobra un seguro de vida de 60.000 € en Aragón paga 0 €.
Cuánto se paga por cobrar un seguro de vida en Aragón
| Cobra | Cónyuge o pareja | Hijo (21 años o más) | Hermano | Pareja no equiparada o amigo |
|---|---|---|---|---|
| 30.000 € | 0 € | 0 € | 1.917 € | 5.305 € |
| 60.000 € | 0 € | 0 € | 6.887 € | 12.517 € |
| 150.000 € | 0 € | 0 € | 29.313 € | 42.523 € |
| 300.000 € | 0 € | 0 € | 82.018 € | 110.934 € |
Reducción por seguro de vida en Aragón
100 % de lo cobrado con un límite de 9.195,49 € para cónyuge, hijos y descendientes y padres.
Norma estatal art. 20.2.b LISD: 100% hasta 9.195,49 €. No computa para el límite de 500.000 € del art. 131-5.
Qué impuesto se paga según quién contrató el seguro
| Quién pagó las primas | Quién cobra | Impuesto |
|---|---|---|
| El fallecido | Beneficiario (familiar o no) | Sucesiones |
| El propio beneficiario | El mismo | IRPF (rendimiento del capital mobiliario) |
| Otra persona viva | Beneficiario | Donaciones |
Pasos para cobrar un seguro de vida
- Certificado de defunción y certificado de seguros de cobertura de fallecimiento (3,86 €).
- Solicitud a la aseguradora con DNI del beneficiario y, si lo piden, testamento o declaración de herederos.
- Autoliquidación del impuesto de sucesiones en 6 meses desde el fallecimiento.
- La aseguradora paga la prestación.
Plazo, modelo y dónde se presenta
| Plazo | 6 meses desde el fallecimiento; prorrogable por otros 6 meses si se solicita dentro de los 5 primeros meses (art. 67-68 RISD) |
|---|---|
| Modelo | 650 |
| Administración | Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón (Administración Tributaria de Aragón) |
| Qué norma se aplica | Residencia habitual del causante en la comunidad durante el mayor número de días de los 5 años anteriores al fallecimiento (art. 28 Ley 22/2009) |
Normativa y fuentes oficiales
Cifras revisadas el 29 de septiembre de 2026 en estas fuentes:
- Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, texto refundido de tributos cedidos de Aragón (arts. 131-1 a 131-12 y DA única) — consolidado BOE, última actualización 07/07/2025
- Ley 10/2018, de 6 de septiembre, de medidas relativas al ISD (arts. 131-5, 131-8, 131-9, 131-10)
- Ley 16/2023, de 16 de noviembre (equiparación de parejas no casadas UE/EEE)
- Ley 3/2025, de 26 de junio, de apoyo fiscal a la empresa familiar (arts. 131-3, 131-4, 131-6; deroga 131-13)
- Ley 29/1987 LISD (tarifa art. 21, coeficientes art. 22, reducciones art. 20.2 supletorias)
- Iberley — art. 131-1
- Iberley — art. 131-2
- Iberley — art. 131-8
- Iberley — art. 131-9
- Iberley — art. 131-12
Preguntas frecuentes
¿Tributa el seguro de vida en el impuesto de sucesiones en Aragón?
Sí, si el fallecido era quien contrató el seguro. El beneficiario tributa aunque no sea heredero. Un cónyuge que cobra 60.000 € paga 0 € en Aragón.
¿Cuándo tributa un seguro de vida en el IRPF y no en sucesiones?
Si el beneficiario es la misma persona que pagó las primas (por ejemplo, el seguro lo contrató el cónyuge superviviente sobre la vida del fallecido), tributa en el IRPF como rendimiento del capital mobiliario. Si lo pagó otra persona que sigue viva, tributa en donaciones.
¿Cómo sé si el fallecido tenía un seguro de vida?
Pide el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento al Ministerio de Justicia (3,86 €), a partir de 15 días hábiles desde el fallecimiento. Indica la aseguradora; después hay que reclamarle el cobro.
¿Se presenta aparte el seguro de vida en Aragón?
Se declara con el modelo 650, en el mismo plazo que la herencia. La aseguradora puede exigir el justificante antes de pagar, porque responde si entrega el dinero sin que se haya presentado el impuesto.
¿El seguro de vida forma parte de la herencia?
No forma parte del caudal hereditario (no se reparte entre los herederos ni cuenta para las legítimas), pero si el beneficiario también hereda, el seguro se suma a su parte a efectos del impuesto y eso puede subir el tipo.
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