ITP en Canarias (2026): calculadora y tipos reducidos

Actualizado el 1 de octubre de 2026Normativa de 2026

En Canarias la vivienda usada paga un 6,5 % de ITP, que baja al 5 % si es tu vivienda habitual, vale hasta 200.000 € y no tienes otra, y al 4 % si además tienes 40 años o menos y renta de hasta 46.455 €. Familias numerosas, monoparentales y personas con discapacidad de al menos el 65 % con renta limitada pagan un 1 %, y la vivienda protegida que sea tu primera vivienda habitual, un 0 %. La vivienda nueva paga IGIC (7 % general, 5 % o 3 % en vivienda habitual de hasta 200.000 €, 0 % en vivienda protegida) más un 1 % de AJD, que baja al 0,4 % para los colectivos protegidos.

Calculadora de ITP en Canarias
Sin IVA en vivienda nueva.
Opcional. Si es mayor que el precio, se paga sobre él.
Opcional. Algunos tipos reducidos tienen límite de renta.
Familia numerosa, discapacidad, zona rural y más
País Vasco: el 2,5 % exige hasta 120 m².

Calculando…

Vivienda usada de 200.000 € en Canarias: 10.000 € de ITP con el tipo que corresponde por defecto; un comprador de 30 años, 8.000 €.

Tipo general del ITP en Canarias

6,5 % sobre el valor de la vivienda.

Tipo general del 6,5 % en la compra de inmuebles (art. 31). Las compras en subasta judicial, administrativa o notarial tributan al 7 %, salvo que se cumplan los requisitos del tipo del 5 % de vivienda habitual.

Tipos reducidos del ITP en Canarias

CasoTipoRequisitos
Vivienda habitual de hasta 200.000 €5 %vivienda de hasta 200.000 €, vivienda habitual
Tipo del 5 % si la vivienda va a ser la residencia habitual del comprador y la base imponible (incluidos garajes y anexos del mismo edificio) no supera 200.000 €. En la fecha de compra el comprador no puede ser propietario, nudo propietario ni usufructuario de otra vivienda; si lo es, debe venderla en escritura pública en los 2 años siguientes. Si compran varias personas, todas deben ser personas físicas, el límite se aplica a la suma y el 5 % solo a la parte de quienes cumplen.
Jóvenes de 40 años o menos4 %40 años o menos, vivienda de hasta 200.000 €, renta de hasta 46.455 €, primera vivienda, vivienda habitual
Bonificación del 20 % sobre la cuota del 5 % (equivale a pagar un 4 %). El comprador debe tener 40 años o menos en la fecha de compra, adquirir su primera vivienda habitual sin haber sido nunca propietario de otra, y tener una renta de hasta 46.455 €, más 6.825 € por cada persona por la que aplique el mínimo familiar. La renta se mide con la parte general de la base imponible del IRPF del año anterior a la compra. Vivienda de hasta 200.000 €.
Mujer víctima de violencia de género4 %vivienda de hasta 200.000 €, víctima de violencia de género o terrorismo, primera vivienda, vivienda habitual
Bonificación del 20 % sobre la cuota del 5 % (equivale a un 4 %) para mujeres víctimas de violencia de género con orden de protección en vigor o sentencia firme, que compren su primera vivienda habitual sin haber sido propietarias de otra. Vivienda de hasta 200.000 €.
Familia numerosa1 %renta de hasta 46.455 €, familia numerosa, vivienda habitual
Tipo del 1 % para la vivienda habitual de un miembro de familia numerosa. La suma de las bases imponibles de los miembros de la familia no puede superar 46.455 €, más 18.200 € por cada hijo que exceda del mínimo para ser familia numerosa. En la fecha de compra el comprador no puede ser propietario, nudo propietario ni usufructuario de otra vivienda; si lo es, debe venderla en escritura pública en los 2 años siguientes. La renta se mide con la parte general de la base imponible del IRPF del año anterior a la compra. Sin límite de valor de la vivienda.
Discapacidad igual o superior al 65 %1 %renta de hasta 46.455 €, discapacidad desde el 65 %, vivienda habitual
Tipo del 1 % para la vivienda habitual de una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial de al menos el 65 %. Renta máxima de 46.455 €, más 6.825 € por cada persona por la que aplique el mínimo familiar. En la fecha de compra el comprador no puede ser propietario, nudo propietario ni usufructuario de otra vivienda; si lo es, debe venderla en escritura pública en los 2 años siguientes. La renta se mide con la parte general de la base imponible del IRPF del año anterior a la compra. Sin límite de valor de la vivienda.
Familia monoparental1 %renta de hasta 46.455 €, familia monoparental, vivienda habitual
Tipo del 1 % para la vivienda habitual de una familia monoparental. La renta de todos sus miembros no puede superar 46.455 €, más 6.825 € por cada persona por la que se aplique el mínimo familiar (sin contar al propio comprador). En la fecha de compra el comprador no puede ser propietario, nudo propietario ni usufructuario de otra vivienda; si lo es, debe venderla en escritura pública en los 2 años siguientes. La renta se mide con la parte general de la base imponible del IRPF del año anterior a la compra. Sin límite de valor de la vivienda.
Vivienda protegida, primera vivienda habitual0 %vivienda protegida, primera vivienda, vivienda habitual
Tipo del 0 % en la compra de una vivienda protegida, de promoción pública o privada, que vaya a ser la primera vivienda habitual del comprador.

Cuánto se paga de ITP en Canarias: ejemplos

Comprador100.000 €200.000 €300.000 €500.000 €
General (45 años)5.000 €10.000 €19.500 €32.500 €
Joven de 30 años4.000 €8.000 €19.500 €32.500 €
Familia numerosa1.000 €2.000 €3.000 €5.000 €
Discapacidad del 65 %1.000 €2.000 €3.000 €5.000 €
Municipio rural5.000 €10.000 €19.500 €32.500 €
Vivienda usada que será la primera vivienda habitual, comprada con hipoteca, valor de referencia no superior al precio. Los tipos con límite de renta se aplican suponiendo que se cumple.

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo1 mes desde la fecha de la escritura (acto o contrato)
Modelo600
AdministraciónAgencia Tributaria Canaria
Base del impuestoMayor entre precio escriturado y valor de referencia del Catastro (art. 10 TRLITP)

Novedades 2026

Desde el 1 de enero de 2026 (Ley 9/2025, de Presupuestos para 2026): el límite del tipo del 5 % sube de 150.000 a 200.000 €; la bonificación para jóvenes pasa de menores de 35 a 40 años o menos y su límite de renta de 24.000 a 46.455 €; y se elevan los límites de renta del tipo del 1 % (familias numerosas, discapacidad y monoparentales) a 46.455 €. En el IGIC, los tipos reducidos del 3 % y 5 % para vivienda habitual suben su límite a 200.000 € (300.000 € y 400.000 € para familias numerosas) y la edad a 40 años.

Normativa y fuentes oficiales

Revisado el 1 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el ITP en Canarias en 2026?
6,5 % sobre el valor de la vivienda. Por una vivienda usada de 200.000 € se pagan 10.000 € (Vivienda habitual de hasta 200.000 €).
¿Hay ITP reducido para jóvenes en Canarias?
Sí. Un comprador de 30 años paga 8.000 € por una vivienda de 200.000 € (Jóvenes de 40 años o menos), frente a 10.000 € con el tipo que le corresponde por defecto.
¿Sobre qué valor se paga el ITP?
Sobre el mayor entre el precio de la escritura y el valor de referencia del Catastro. Si el valor de referencia es mayor, se paga sobre él y después se puede pedir la rectificación aportando pruebas.
¿Cuándo hay que pagar el ITP en Canarias?
1 mes desde la fecha de la escritura (acto o contrato), con el modelo 600.
¿Quién paga el ITP, el comprador o el vendedor?
El comprador. El vendedor paga, en su caso, la plusvalía municipal y el IRPF por la ganancia.

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