Impuestos al comprar una vivienda nueva en Cantabria

Actualizado el 1 de octubre de 2026Normativa de 2026

Comprar una vivienda nueva al promotor no paga ITP: paga IVA y AJD. La compra de vivienda nueva al promotor (primera entrega) tributa por IVA al 10 %, incluidos garaje (hasta dos plazas) y anexos vendidos conjuntamente. El 4 % se aplica a las viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública. Además se paga AJD por la escritura.

Calcula los impuestos de una vivienda nueva en Cantabria
Sin IVA en vivienda nueva.
Opcional. Si es mayor que el precio, se paga sobre él.
Opcional. Algunos tipos reducidos tienen límite de renta.
Familia numerosa, discapacidad, zona rural y más
País Vasco: el 2,5 % exige hasta 120 m².

Calculando…

Vivienda nueva de 250.000 € en Cantabria: 25.000 € de IVA y 2.500 € de AJD.

Cuánto se paga por una vivienda nueva en Cantabria

Precio sin impuestosIVAAJDTotal impuestos
150.000 €15.000 €1.500 €16.500 €
250.000 €25.000 €2.500 €27.500 €
400.000 €40.000 €4.000 €44.000 €
Comprador de 45 años, vivienda habitual, sin circunstancias que den derecho a tipos reducidos personales.

AJD en Cantabria

Tipo general del 1,5 %. Las escrituras de compra de vivienda nueva tributan al 1,5 % con carácter general y al 1 % cuando la vivienda va a ser la vivienda habitual del comprador. Si en la compra se ha renunciado a la exención de IVA el tipo es del 2 %.

Tipos reducidos de AJD

CasoTipoRequisitos
Vivienda habitual (cualquier comprador)1 %vivienda habitual
Escritura de compra de la vivienda habitual del comprador.
Familia numerosa0,1 % hasta 300.000 € (el exceso al 1,5 %)familia numerosa, vivienda habitual
Escritura de compra de la vivienda habitual cuando el comprador es titular de familia numerosa (o cónyuge) o de familia monoparental, tiene una discapacidad de entre el 33 % y el 65 %, tiene menos de 40 años (desde el 1 de mayo de 2026; antes, menos de 36) o la vivienda está en un municipio con riesgo de despoblamiento. Basta con cumplir una de las circunstancias. Se aplica hasta 300.000 € de valor; el exceso, al tipo general. No alcanza a otros actos de la misma escritura, como la hipoteca.
Familia monoparental0,1 % hasta 300.000 € (el exceso al 1,5 %)familia monoparental, vivienda habitual
Escritura de compra de la vivienda habitual cuando el comprador es titular de familia numerosa (o cónyuge) o de familia monoparental, tiene una discapacidad de entre el 33 % y el 65 %, tiene menos de 40 años (desde el 1 de mayo de 2026; antes, menos de 36) o la vivienda está en un municipio con riesgo de despoblamiento. Basta con cumplir una de las circunstancias. Se aplica hasta 300.000 € de valor; el exceso, al tipo general. No alcanza a otros actos de la misma escritura, como la hipoteca.
Discapacidad igual o superior al 33 % e inferior al 65 %0,1 % hasta 300.000 € (el exceso al 1,5 %)discapacidad desde el 33 %, vivienda habitual
Escritura de compra de la vivienda habitual cuando el comprador es titular de familia numerosa (o cónyuge) o de familia monoparental, tiene una discapacidad de entre el 33 % y el 65 %, tiene menos de 40 años (desde el 1 de mayo de 2026; antes, menos de 36) o la vivienda está en un municipio con riesgo de despoblamiento. Basta con cumplir una de las circunstancias. Se aplica hasta 300.000 € de valor; el exceso, al tipo general. No alcanza a otros actos de la misma escritura, como la hipoteca.
Jóvenes menores de 40 años0,1 % hasta 300.000 € (el exceso al 1,5 %)39 años o menos, vivienda habitual
Escritura de compra de la vivienda habitual cuando el comprador es titular de familia numerosa (o cónyuge) o de familia monoparental, tiene una discapacidad de entre el 33 % y el 65 %, tiene menos de 40 años (desde el 1 de mayo de 2026; antes, menos de 36) o la vivienda está en un municipio con riesgo de despoblamiento. Basta con cumplir una de las circunstancias. Se aplica hasta 300.000 € de valor; el exceso, al tipo general. No alcanza a otros actos de la misma escritura, como la hipoteca.
Vivienda en municipio con riesgo de despoblamiento0,1 % hasta 300.000 € (el exceso al 1,5 %)municipio rural o en riesgo de despoblación, vivienda habitual
Escritura de compra de la vivienda habitual cuando el comprador es titular de familia numerosa (o cónyuge) o de familia monoparental, tiene una discapacidad de entre el 33 % y el 65 %, tiene menos de 40 años (desde el 1 de mayo de 2026; antes, menos de 36) o la vivienda está en un municipio con riesgo de despoblamiento. Basta con cumplir una de las circunstancias. Se aplica hasta 300.000 € de valor; el exceso, al tipo general. No alcanza a otros actos de la misma escritura, como la hipoteca.
Vivienda de protección pública0,1 % hasta 300.000 € (el exceso al 1,5 %)vivienda protegida
Actos y contratos relacionados con la compra de viviendas de protección pública no exentas. Hasta 300.000 € de valor.
Discapacidad igual o superior al 65 %0,05 % hasta 300.000 € (el exceso al 1,5 %)discapacidad desde el 65 %, vivienda habitual
Compra de la vivienda habitual por una persona con discapacidad de grado igual o superior al 65 %. Hasta 300.000 € de valor.

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo30 días hábiles desde la fecha de la escritura (plazo general del Reglamento del impuesto)
Modelo600
AdministraciónAgencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT)
Base del impuestoMayor entre precio escriturado y valor de referencia del Catastro (art. 10 TRLITP)

Normativa y fuentes oficiales

Revisado el 1 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué impuestos se pagan al comprar una vivienda nueva en Cantabria?
IVA del 10 % sobre el precio (4 % en vivienda protegida) y AJD del 1,5 % sobre el valor escriturado. Por 250.000 €: 25.000 € + 2.500 €.
¿Se paga ITP en una vivienda nueva?
No. La primera entrega de la vivienda por el promotor tributa por IVA (IGIC en Canarias, IPSI en Ceuta y Melilla) y por AJD, no por ITP. Si la compras a un particular que ya la usó, es segunda transmisión y paga ITP.
¿El garaje y el trastero pagan el mismo IVA?
Sí, si se venden junto con la vivienda: hasta dos plazas de garaje y los anexos (trastero) tributan al mismo tipo reducido. Comprados por separado tributan al tipo general (21 % de IVA).
¿Cuándo se paga el IVA de una vivienda sobre plano?
En cada entrega a cuenta: las cantidades adelantadas al promotor llevan IVA en el momento del pago, y el resto se paga con la escritura. El AJD se paga al firmar la escritura.

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