Impuesto de sucesiones en Cantabria (2026): calculadora y cuánto se paga
En Cantabria cónyuge (y pareja de hecho inscrita), hijos, nietos y padres no pagan nada: bonificación del 100 % de la cuota. Los hermanos tienen una reducción de 25.000 € y pagan la mitad de la cuota (bonificación del 50 %). Sobrinos, tíos y afines (8.000 € de reducción) y primos o extraños pagan la tarifa completa con los coeficientes multiplicadores.
Calculando…
Cuánto se paga en Cantabria: ejemplos 2026
Importe a pagar por cada heredero según su parentesco y lo que recibe, calculado con las reducciones, la tarifa, los coeficientes y las bonificaciones vigentes en Cantabria.
| Heredero | 50.000 € | 150.000 € | 300.000 € | 700.000 € |
|---|---|---|---|---|
| Hijo (21 años o más) | 0 € | 0 € | 0 € | 0 € |
| Hijo menor de 21 (16 años) | 0 € | 0 € | 0 € | 0 € |
| Cónyuge o pareja | 0 € | 0 € | 0 € | 0 € |
| Padre o madre | 0 € | 0 € | 0 € | 0 € |
| Hermano | 1.701 € | 13.171 € | 38.984 € | 129.304 € |
| Sobrino o tío | 6.320 € | 31.392 € | 84.852 € | 266.641 € |
| Cuñado | 6.320 € | 31.392 € | 84.852 € | 266.641 € |
| Primo | 9.898 € | 42.523 € | 110.934 € | 340.538 € |
| Sin parentesco | 9.898 € | 42.523 € | 110.934 € | 340.538 € |
Reducciones y bonificaciones por parentesco
| Parentesco | Reducción | Bonificación en cuota |
|---|---|---|
| Hijo o nieto menor de 21 años | 50.000 € + 5.000 € por año menos de 21 | 100 % |
| Hijo o nieto (21 años o más) | 50.000 € | 100 % |
| Cónyuge o pareja de hecho | 50.000 € | 100 % |
| Padre, madre o abuelo | 50.000 € | 100 % |
| Hermano o hermana | 25.000 € | 50 % |
| Sobrino o tío | 8.000 € | No hay |
| Cuñado o sobrino político | 8.000 € | No hay |
| Suegro, yerno, nuera o hijastro | 8.000 € | No hay |
| Primo (4.º grado) | 0 € | No hay |
| Sin parentesco o más lejano | 0 € | No hay |
Art. 8 TR: bonificación autonómica del 100 % de la cuota en adquisiciones mortis causa de los grupos I y II (desde 2019, sin límite). Desde el 1-1-2024 (Ley 3/2023), bonificación del 50 % para colaterales de segundo grado por consanguinidad (hermanos). Sobrinos, tíos y afines: sin bonificación.
Otras reducciones en Cantabria
| Vivienda habitual del fallecido | 95 % del valor, con un límite de 125.000 € por heredero. Beneficiarios: cónyuge, hijos y demás descendientes, padres y ascendientes, y hermanos o sobrinos mayores de 65 años que convivieran con el fallecido los 2 años anteriores. Hay que mantener la vivienda 5 años. |
|---|---|
| Seguros de vida | 100 % de lo cobrado con un límite de 50.000 € para cónyuge, hijos y descendientes y padres. |
| Discapacidad del heredero | 50.000 € desde el 33 %; 200.000 € desde el 65 %. |
| Empresa familiar | 99 %. Art. 5 TR: 99 % del valor de empresa individual, negocio profesional o participaciones (grupos I y II; en su defecto colaterales hasta 3.er grado), con mantenimiento 5 años. |
| Ajuar doméstico | Se presume un 3 % del caudal, salvo prueba en contrario. Regla estatal (art. 15 LISD). |
Tarifa del impuesto en Cantabria
La tarifa se aplica a la base liquidable (lo heredado menos las reducciones). La cuota resultante se multiplica por el coeficiente del heredero y después se resta la bonificación.
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|---|
| 0 € | 7.993,46 € | 0 € | 7,65 % |
| 7.993,46 € | 15.980,91 € | 611,50 € | 8,5 % |
| 15.980,91 € | 23.968,36 € | 1.290,43 € | 9,35 % |
| 23.968,36 € | 31.955,81 € | 2.037,26 € | 10,2 % |
| 31.955,81 € | 39.943,26 € | 2.851,98 € | 11,05 % |
| 39.943,26 € | 47.930,72 € | 3.734,59 € | 11,9 % |
| 47.930,72 € | 55.918,17 € | 4.685,10 € | 12,75 % |
| 55.918,17 € | 63.905,62 € | 5.703,50 € | 13,6 % |
| 63.905,62 € | 71.893,07 € | 6.789,79 € | 14,45 % |
| 71.893,07 € | 79.880,52 € | 7.943,98 € | 15,3 % |
| 79.880,52 € | 119.757,67 € | 9.166,06 € | 16,15 % |
| 119.757,67 € | 159.634,83 € | 15.606,22 € | 18,7 % |
| 159.634,83 € | 239.389,13 € | 23.063,25 € | 21,25 % |
| 239.389,13 € | 398.777,54 € | 40.011,04 € | 25,5 % |
| 398.777,54 € | 797.555,08 € | 80.655,08 € | 29,75 % |
| 797.555,08 € | En adelante | 199.291,40 € | 34 % |
Coeficientes por patrimonio previo
| Patrimonio previo del heredero | Grupos I | II | III | IV |
|---|---|---|---|---|
| Hasta 403.000 € | 1 | 1 | 1,5882 | 2 |
| De 403.000 € a 2.007.000 € | 1,05 | 1,05 | 1,6676 | 2,1 |
| De 2.007.000 € a 4.020.000 € | 1,1 | 1,1 | 1,7471 | 2,2 |
| Más de 4.020.000 € | 1,2 | 1,2 | 1,9059 | 2,4 |
Pareja de hecho
Sí. Cantabria equipara la pareja de hecho al cónyuge. Se asimilan a los cónyuges los componentes de parejas de hecho inscritas conforme a la Ley de Cantabria 1/2005, de 16 de mayo, de parejas de hecho (Registro de Parejas de Hecho de Cantabria).
Plazo, modelo y dónde se presenta
| Plazo | 6 meses desde el fallecimiento; prorrogable otros 6 meses si se solicita dentro de los 5 primeros (arts. 67-68 RD 1629/1991) |
|---|---|
| Modelo | 650 |
| Administración | Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT) |
| Qué norma se aplica | Residencia habitual del causante en la comunidad durante la mayor parte de los 5 años anteriores al fallecimiento (art. 28.1.1.º.b Ley 22/2009) |
Novedades 2026
2026: la Ley de Cantabria 5/2026, de 28 de abril, excluye del cómputo de los 2 años de convivencia exigidos a colaterales mayores de 65 años para la reducción por vivienda habitual el tiempo que el causante residió en un centro de atención a personas mayores inmediatamente antes de fallecer. 2024: bonificación del 50 % para hermanos (Ley 3/2023).
Normativa y fuentes oficiales
Cifras revisadas el 29 de septiembre de 2026 en estas fuentes:
- Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado (arts. 5 a 8; consolidado BOE, última actualización 30-04-2026)
- Ley de Cantabria 3/2023, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (bonificación 50 % colaterales de 2.º grado)
- Ley de Cantabria 5/2026, de 28 de abril, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (texto consolidado BOE; arts. 20, 21 y 22 supletorios)
- BOE - DLeg 62/2008 Cantabria, texto consolidado (PDF, act. 30-04-2026)
- Iberley - art. 3 Ley de Cantabria 3/2023
- OCU - Impuesto de Sucesiones en Cantabria
- SIRDOC - extracto DLeg 62/2008 ISD
- Life5 - Sucesiones Cantabria 2026
- Ministerio de Hacienda - Tributación Autonómica. Medidas 2026, cap. II (medidas aprobadas para 2026)
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga un hijo que hereda 200.000 € en Cantabria?
¿Pagan impuesto de sucesiones los hermanos en Cantabria?
¿La pareja de hecho paga como el cónyuge en Cantabria?
¿Cuál es el plazo para presentar el impuesto de sucesiones en Cantabria?
¿Qué modelo se usa y dónde se presenta en Cantabria?
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