Impuesto de donaciones en Cantabria (2026): calculadora y requisitos

Actualizado el 29 de septiembre de 2026Normativa de 2026

En Cantabria las donaciones a hijos, nietos, padres y cónyuge o pareja de hecho inscrita no pagan nada: tienen una bonificación del 100 % de la cuota, sin límite y sin requisitos formales en la ley (basta con presentar el modelo 651 en 30 días hábiles, aunque conviene hacer escritura). Por 100.000 € en dinero, un hijo paga 0 €. Hermanos, sobrinos, tíos y afines no tienen bonificación ni reducción en donaciones: pagan la tarifa general con coeficiente de 1,5882 o más (unos 19.700 € por 100.000 €); primos y extraños, con coeficiente de 2 o más.

Calculadora del impuesto de donaciones en Cantabria
Dinero: donde reside quien recibe. Inmueble: donde está.
Dinero, o valor del inmueble (en territorio común, como mínimo el valor de referencia).
Más datos (donaciones anteriores, patrimonio, discapacidad…)
Se acumulan para calcular el tipo.
Solo para Aragón.

Calculando…

Donar 100.000 € a un hijo en Cantabria cuesta 0 € con escritura y 0 € sin ella.

Cuánto se paga por una donación en Cantabria

Recibe10.000 €30.000 €100.000 €300.000 €
Hijo (21 años o más)0 €0 €0 €0 €
Cónyuge o pareja0 €0 €0 €0 €
Padre o madre0 €0 €0 €0 €
Hermano1.242 €4.213 €19.718 €88.092 €
Sobrino o tío1.242 €4.213 €19.718 €88.092 €
Sin parentesco1.564 €5.305 €24.831 €110.934 €
Donación de dinero en escritura pública con el origen justificado, sin destino a vivienda, sin donaciones previas ni patrimonio previo relevante.

Bonificaciones por parentesco

ParentescoBonificación en cuota
Hijo o nieto menor de 21 años100 %
Hijo o nieto (21 años o más)100 %
Cónyuge o pareja de hecho100 %
Padre, madre o abuelo100 %
Hermano o hermanaNo hay
Sobrino o tíoNo hay
Cuñado o sobrino políticoNo hay
Suegro, yerno, nuera o hijastroNo hay
Primo (4.º grado)No hay
Sin parentesco o más lejanoNo hay

Art. 8.3 TR (redacción Ley 3/2023, en vigor 1-1-2024): 'Se crea una bonificación autonómica del 100 por ciento en la cuota tributaria en las donaciones realizadas entre los Grupos I y II del artículo 5.A)1 de la presente norma.' El texto vigente no añade requisitos formales (ni escritura pública ni justificación del origen de los fondos ni límite de importe). Hay que presentar el modelo 651 en plazo. La escritura sigue siendo recomendable como prueba de la donación, sobre todo en dinero (la ACAT puede pedir que se acrediten la fecha y la realidad de la donación). La bonificación del 50 % de los hermanos (art. 8.1) es solo para herencias: en donaciones los hermanos no tienen bonificación. Parejas de hecho inscritas conforme a la Ley de Cantabria 1/2005 se equiparan a cónyuges.

Reducciones en donaciones en Cantabria

ReducciónImporteQuién y requisitos
Donación de empresa individual, negocio profesional (incluidos agrícolas, ganaderos o pesqueros) o participaciones a parientes hasta el 4.º grado99 % del valorescritura pública. Art. 5.B TR Cantabria (mejora el 95 % del art. 20.6 LISD). 99 % del valor de adquisición. Donante de 65 años o más o en incapacidad permanente absoluta o gran invalidez; si ejercía funciones de dirección, debe dejar de ejercerlas y de percibir remuneración por ellas; bienes con derecho a la exención del Impuesto sobre el Patrimonio; donatario mantiene lo adquirido y el derecho a la exención 5 años, sin actos de disposición que minoren sustancialmente su valor. Sin familiares con derecho, se extiende a no parientes con requisitos. los requisitos de detalle no se leyeron en el BOE íntegro.
Donación a cónyuge o descendientes de bienes del Patrimonio Histórico o Cultural95 % del valorescritura pública. Art. 5.B TR: 95 % del valor, con los mismos requisitos de edad/incapacidad del donante y de mantenimiento que la reducción por empresa.
Aportaciones al patrimonio protegido de personas con discapacidad (Ley 41/2003)100 % hasta 100.000 €Art. 5.B TR: reducción del 100 % de la base imponible con el límite de 100.000 €.

Tarifa

Tarifa para: Grupo I (menores de 21), Grupo II (cónyuge, hijos, padres)

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €50.000 €0 €1 %
50.000 €100.000 €500 €10 %
100.000 €400.000 €5.500 €20 %
400.000 €En adelante65.500 €30 %

Tarifa general

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €7.993,46 €0 €7,65 %
7.993,46 €15.980,91 €611,50 €8,5 %
15.980,91 €23.968,36 €1.290,43 €9,35 %
23.968,36 €31.955,81 €2.037,26 €10,2 %
31.955,81 €39.943,26 €2.851,98 €11,05 %
39.943,26 €47.930,72 €3.734,59 €11,9 %
47.930,72 €55.918,17 €4.685,10 €12,75 %
55.918,17 €63.905,62 €5.703,50 €13,6 %
63.905,62 €71.893,07 €6.789,79 €14,45 %
71.893,07 €79.880,52 €7.943,98 €15,3 %
79.880,52 €119.757,67 €9.166,06 €16,15 %
119.757,67 €159.634,83 €15.606,22 €18,7 %
159.634,83 €239.389,13 €23.063,25 €21,25 %
239.389,13 €398.777,54 €40.011,04 €25,5 %
398.777,54 €797.555,08 €80.655,08 €29,75 %
797.555,08 €En adelante199.291,40 €34 %

Coeficientes por patrimonio previo

Patrimonio previo del herederoGrupos IIIIIIIV
Hasta 403.000 €111,58822
De 403.000 € a 2.007.000 €1,051,051,66762,1
De 2.007.000 € a 4.020.000 €1,11,11,74712,2
Más de 4.020.000 €1,21,21,90592,4

Acumulación de donaciones

Art. 6.3 TR Cantabria (reproduce el art. 30 LISD): las donaciones del mismo donante al mismo donatario en un plazo de 3 años se consideran una sola transmisión a efectos de liquidar, aplicando a la base de la donación actual el tipo medio de la base acumulada. Se aplica tanto a la tarifa general como a la tarifa especial de los grupos I y II.

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo30 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de la donación (art. 67.b RD 1629/1991, Reglamento del ISD); Cantabria no fija un plazo propio
Modelo651
AdministraciónAgencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT)
Qué comunidad se aplicaDinero y bienes muebles: la de residencia habitual de quien recibe (la de más días en los últimos 5 años). Inmuebles: la del lugar donde están.
Pareja de hechoEquiparada al cónyuge

Novedades 2026

Sin cambios en donaciones en 2025 ni en 2026: la Ley 5/2026 (en vigor 1-5-2026) solo toca la reducción de vivienda habitual en herencias. La redacción vigente del art. 8.3 (100 % en donaciones de los grupos I y II) procede de la Ley 3/2023 (en vigor 1-1-2024).

Normativa y fuentes oficiales

Revisado el 29 de septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hijo por recibir 100.000 € en donación en Cantabria?
Con escritura pública y el origen del dinero justificado, un hijo de 35 años paga 0 €. Sin cumplir los requisitos formales pagaría 0 €.
¿Hace falta ir al notario para donar dinero en Cantabria?
Art. 8.3 TR (redacción Ley 3/2023, en vigor 1-1-2024): 'Se crea una bonificación autonómica del 100 por ciento en la cuota tributaria en las donaciones realizadas entre los Grupos I y II del artículo 5.A)1 de la presente norma.' El texto vigente no añade requisitos formales (ni escritura pública ni justificación del origen de los fondos ni límite de importe). Hay que presentar el modelo 651 en plazo. La escritura sigue siendo recomendable como prueba de la donación, sobre todo en dinero (la ACAT puede pedir que se acrediten la fecha y la realidad de la donación). La bonificación del 50 % de los hermanos (art. 8.1) es solo para herencias: en donaciones los hermanos no tienen bonificación. Parejas de hecho inscritas conforme a la Ley de Cantabria 1/2005 se equiparan a cónyuges.
¿Cuánto paga un hermano por una donación en Cantabria?
Por 50.000 € paga 7.859,90 €. Bonificación para hermanos: No hay.
¿Quién paga el impuesto de donaciones?
Quien recibe la donación (el donatario). Si se dona un inmueble, quien dona paga además el IRPF por la ganancia patrimonial, y quien recibe paga la plusvalía municipal.
¿Cuál es el plazo para presentar la donación en Cantabria?
30 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de la donación (art. 67.b RD 1629/1991, Reglamento del ISD); Cantabria no fija un plazo propio, con el modelo 651.

Herencias en Cantabria

Cantabria

Impuesto de sucesiones

Calculadora y tabla completa

Cantabria

Heredar una vivienda

Sucesiones, plusvalía y gastos

Cantabria

Heredar dinero de los padres

Cuánto pagas según el importe

Cantabria

Herencia del cónyuge

Pareja de hecho y usufructo

Cantabria

Hermanos, sobrinos y tíos

Lo que paga el grupo III

Cantabria

Seguro de vida

Impuesto al cobrarlo

Donaciones en Cantabria

Cantabria

Donar dinero a un hijo

Cuánto se paga y cómo hacerlo

Cantabria

Donación para comprar vivienda

Reducciones para hijos

Cantabria

¿Heredar o donar?

Comparativa con IRPF

Donaciones en otras comunidades