Impuesto de donaciones en Asturias (2026): calculadora y requisitos

Actualizado el 29 de septiembre de 2026Normativa de 2026

Un hijo (o cónyuge, pareja estable, padre) que recibe 100.000 € paga 2.000 € (2%) si la donación se formaliza en escritura pública antes de que acabe el plazo de 30 días hábiles y su patrimonio, sin contar su vivienda, no supera 402.678,11 €; sin escritura pagaría 12.410 € por la tarifa general. El tramo del 2% llega a 150.000 € (acumulando donaciones del mismo donante en 10 años); después sube al 15%, 25%, 30% y 36,5%. Hermanos y sobrinos: tarifa general × 1,5882 sin bonificación (unos 19.710 € por 100.000 €).

Calculadora del impuesto de donaciones en Asturias
Dinero: donde reside quien recibe. Inmueble: donde está.
Dinero, o valor del inmueble (en territorio común, como mínimo el valor de referencia).
Más datos (donaciones anteriores, patrimonio, discapacidad…)
Se acumulan para calcular el tipo.
Solo para Aragón.

Calculando…

Donar 100.000 € a un hijo en Asturias cuesta 2.000 € con escritura y 12.410 € sin ella.

Cuánto se paga por una donación en Asturias

Recibe10.000 €30.000 €100.000 €300.000 €
Hijo (21 años o más)200 €600 €2.000 €25.500 €
Cónyuge o pareja200 €600 €2.000 €25.500 €
Padre o madre200 €600 €2.000 €25.500 €
Hermano1.242 €4.212 €19.710 €88.018 €
Sobrino o tío1.242 €4.212 €19.710 €88.018 €
Sin parentesco1.564 €5.304 €24.820 €110.840 €
Donación de dinero en escritura pública con el origen justificado, sin destino a vivienda, sin donaciones previas ni patrimonio previo relevante.

Bonificaciones por parentesco

ParentescoBonificación en cuota
Hijo o nieto menor de 21 añosNo hay
Hijo o nieto (21 años o más)No hay
Cónyuge o pareja de hechoNo hay
Padre, madre o abueloNo hay
Hermano o hermanaNo hay
Sobrino o tíoNo hay
Cuñado o sobrino políticoNo hay
Suegro, yerno, nuera o hijastroNo hay
Primo (4.º grado)No hay
Sin parentesco o más lejanoNo hay

Asturias no tiene bonificación en cuota para donaciones (la del art. 23, 100% por discapacidad ≥65%, es solo mortis causa). El beneficio para grupos I y II es la Tarifa 3 (2% hasta 150.000 €), condicionada a: donación formalizada en documento público antes de que termine el plazo de autoliquidación y patrimonio del donatario a la fecha de la donación ≤ 402.678,11 € excluida su vivienda habitual. Si no se cumple, se aplica la Tarifa 1 general (7,65%-36,5%).

Reducciones en donaciones en Asturias

ReducciónImporteQuién y requisitos
Donación de dinero de ascendientes a descendientes para su primera vivienda habitual protegida (art. 20)95 % con máximo de 57.000 €hasta 35 años; escritura pública. 95% del importe donado con base máxima 60.000 € (reducción máx. 57.000 €); 120.000 € (114.000 €) si discapacidad ≥65%. Requisitos: escritura pública con constancia expresa de que el dinero se destina íntegramente a la primera vivienda habitual; vivienda en Asturias y con calificación de protegida; donatario menor de 35 años o con discapacidad ≥65%, y renta ≤ 4,5 × IPREM; compra en 6 meses desde el devengo (desde la primera donación si son varias; no vale para dinero donado después de comprar); conservar la vivienda 5 años. Incumplimiento: comunicar en 30 días hábiles y pagar con intereses.
Donación de dinero para vivienda protegida — donatario con discapacidad ≥65% (art. 20.2)95 % con máximo de 114.000 €discapacidad desde el 65 %; escritura pública. Misma reducción con base máxima ampliada; no acumulable con la entrada general.
Donación de empresa individual, negocio profesional o participaciones a parientes (art. 19)99 % del valor99% según la ficha oficial del STPA; 19 TR. Existen además: art. 19 bis explotaciones agrarias 99%; art. 19 ter empresas a no parientes 95%; art. 19 quater bienes para constituir empresa familiar 95% (máx. 5 socios).

Tarifa

Tarifa para: Grupo I (menores de 21), Grupo II (cónyuge, hijos, padres)

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €150.000 €0 €2 %
150.000 €300.000 €3.000 €15 %
300.000 €450.000 €25.500 €25 %
450.000 €600.000 €63.000 €30 %
600.000 €En adelante108.000 €36,5 %

Tarifa general

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €8.000 €0 €7,65 %
8.000 €16.000 €612 €8,5 %
16.000 €24.000 €1.292 €9,35 %
24.000 €32.000 €2.040 €10,2 %
32.000 €40.000 €2.856 €11,05 %
40.000 €48.000 €3.740 €11,9 %
48.000 €56.000 €4.692 €12,75 %
56.000 €64.000 €5.712 €13,6 %
64.000 €72.000 €6.800 €14,45 %
72.000 €80.000 €7.956 €15,3 %
80.000 €120.000 €9.180 €16,15 %
120.000 €160.000 €15.640 €18,7 %
160.000 €240.000 €23.120 €21,25 %
240.000 €400.000 €40.120 €25,5 %
400.000 €800.000 €80.920 €31,25 %
800.000 €En adelante205.920 €36,5 %

Coeficientes por patrimonio previo

Patrimonio previo del herederoGrupos IIIIIIIV
Hasta 402.678,11 €111,58822
De 402.678,11 € a 2.007.380,43 €1,051,051,66762,1
De 2.007.380,43 € a 4.020.770,98 €1,11,11,74712,2
Más de 4.020.770,98 €1,21,21,90592,4

Acumulación de donaciones

Art. 30 LISD (3 años) con carácter general. Para la Tarifa 3, las donaciones de un mismo donante a un mismo donatario en un plazo de 10 años se consideran una sola transmisión.

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo30 días hábiles desde el día siguiente a la donación (art. 67.1.b RISD)
Modelo651
AdministraciónEnte Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias (STPA)
Qué comunidad se aplicaDinero y bienes muebles: la de residencia habitual de quien recibe (la de más días en los últimos 5 años). Inmuebles: la del lugar donde están.
Pareja de hechoEquiparada al cónyuge. Parejas estables conforme a la Ley del Principado de Asturias 4/2002, de 23 de mayo (art. 24 TR); también acogimiento familiar permanente o preadoptivo.

Novedades 2026

Ninguna en donaciones: la Ley 5/2025 de Presupuestos 2026 no modifica el ISD. La Tarifa 3 de donaciones (2%-36,5%) rige desde 1-1-2024 (Ley 4/2023).

Normativa y fuentes oficiales

Revisado el 29 de septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hijo por recibir 100.000 € en donación en Asturias?
Con escritura pública y el origen del dinero justificado, un hijo de 35 años paga 2.000 €. Sin cumplir los requisitos formales pagaría 12.410 €.
¿Hace falta ir al notario para donar dinero en Asturias?
Asturias no tiene bonificación en cuota para donaciones (la del art. 23, 100% por discapacidad ≥65%, es solo mortis causa). El beneficio para grupos I y II es la Tarifa 3 (2% hasta 150.000 €), condicionada a: donación formalizada en documento público antes de que termine el plazo de autoliquidación y patrimonio del donatario a la fecha de la donación ≤ 402.678,11 € excluida su vivienda habitual. Si no se cumple, se aplica la Tarifa 1 general (7,65%-36,5%).
¿Cuánto paga un hermano por una donación en Asturias?
Por 50.000 € paga 7.856,83 €. Bonificación para hermanos: No hay.
¿Quién paga el impuesto de donaciones?
Quien recibe la donación (el donatario). Si se dona un inmueble, quien dona paga además el IRPF por la ganancia patrimonial, y quien recibe paga la plusvalía municipal.
¿Cuál es el plazo para presentar la donación en Asturias?
30 días hábiles desde el día siguiente a la donación (art. 67.1.b RISD), con el modelo 651.

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