Impuesto de donaciones en Galicia (2026): calculadora y requisitos

Actualizado el 29 de septiembre de 2026Normativa de 2026

En Galicia un hijo, nieto, cónyuge, pareja de hecho inscrita o padre que recibe dinero paga el 5 % hasta 200.000 € (7 % hasta 600.000 € y 9 % por encima) si la donación consta en escritura pública: 100.000 € = 5.000 € (sin escritura, 6.000 €). No hay reducción por parentesco ni bonificación; si es para su primera vivienda, menor de 35 años, renta ≤30.000 € y la donación no pasa de 60.000 €, se reduce el 95 % (60.000 € → 150 €). Hermanos y sobrinos pagan la tarifa estatal (hasta 34 %) × 1,5882 o más (≈19.718 € por 100.000 €).

Calculadora del impuesto de donaciones en Galicia
Dinero: donde reside quien recibe. Inmueble: donde está.
Dinero, o valor del inmueble (en territorio común, como mínimo el valor de referencia).
Más datos (donaciones anteriores, patrimonio, discapacidad…)
Se acumulan para calcular el tipo.
Solo para Aragón.

Calculando…

Donar 100.000 € a un hijo en Galicia cuesta 5.000 € con escritura y 6.000 € sin ella.

Cuánto se paga por una donación en Galicia

Recibe10.000 €30.000 €100.000 €300.000 €
Hijo (21 años o más)500 €1.500 €5.000 €17.000 €
Cónyuge o pareja500 €1.500 €5.000 €17.000 €
Padre o madre500 €1.500 €5.000 €17.000 €
Hermano1.242 €4.213 €19.718 €88.092 €
Sobrino o tío1.242 €4.213 €19.718 €88.092 €
Sin parentesco1.564 €5.305 €24.831 €110.934 €
Donación de dinero en escritura pública con el origen justificado, sin destino a vivienda, sin donaciones previas ni patrimonio previo relevante.

Bonificaciones por parentesco

ParentescoBonificación en cuota
Hijo o nieto menor de 21 añosNo hay
Hijo o nieto (21 años o más)No hay
Cónyuge o pareja de hechoNo hay
Padre, madre o abueloNo hay
Hermano o hermanaNo hay
Sobrino o tíoNo hay
Cuñado o sobrino políticoNo hay
Suegro, yerno, nuera o hijastroNo hay
Primo (4.º grado)No hay
Sin parentesco o más lejanoNo hay

Galicia NO tiene bonificación ni deducción en cuota general para donaciones (la deducción del 99 % del art. 11 es solo para herencias del grupo I). El beneficio de grupos I y II es la tarifa inter vivos 5 %/7 %/9 % del art. 9, condicionada a escritura pública; sin escritura rige la tarifa 5-18 %. Coeficiente siempre 1 para grupos I y II. Los beneficios con requisitos posteriores al devengo deben solicitarse expresamente en la autoliquidación presentada en plazo (art. 23), si no se entienden renunciados.

Reducciones en donaciones en Galicia

ReducciónImporteQuién y requisitos
Donación de dinero a hijos/descendientes para comprar su primera vivienda habitual95 % del valorhasta 34 años; escritura pública. Art. 8.3 DL 1/2011: 95 % del dinero donado. Requisitos: (a) donatario MENOR de 35 años y primera vivienda habitual (o mujer víctima de violencia de género que no sea titular de otra vivienda, sin límite de edad); (b) el importe donado NO puede superar 60.000 € — límite único para una o varias donaciones al mismo donatario, de uno o varios ascendientes; si se supera, NO hay reducción alguna (efecto umbral, no tope); (c) base imponible total del IRPF menos mínimo personal y familiar del donatario (último periodo con plazo vencido) ≤30.000 €; (d) escritura pública con constancia expresa del destino; (e) compra en 6 meses desde la (primera) donación (se admiten donaciones posteriores si hay financiación ajena o precio aplazado). ATRIGA indica además que la vivienda debe estar en Galicia. No se incrementa por discapacidad. Es incompatible con otras reducciones sobre el mismo bien. Debe solicitarse expresamente en la autoliquidación en plazo (art. 23).
Donación de dinero o bienes a hijos/descendientes para crear o comprar una empresa o negocio95 % con máximo de 118.750 €patrimonio hasta 250.000 €; escritura pública. Art. 8.8 DL 1/2011: 95 % con reducción máxima de 118.750 € (237.500 € si discapacidad ≥33 %). Donatario: renta IRPF (último periodo) ≤30.000 € y patrimonio neto ≤250.000 € (excluida vivienda habitual). Constitución o adquisición en 6 meses; centro de gestión en Galicia 4 años; contratar a jornada completa al menos 1 persona (distinta del donante/socios, residente en Galicia) durante 1 año; mantener actividad e inversión 4 años; escritura con expresión del destino. Sociedad con máximo 5 socios (salvo laborales/cooperativas).
Donación de bienes afectos a actividad económica o participaciones99 % del valorArt. 8.4 DL 1/2011: 99 % a cónyuge, descendientes, ascendientes o colaterales hasta 3.er grado por consanguinidad. Donante ≥65 años o incapacidad permanente absoluta/gran invalidez, que cese en funciones y remuneraciones en 1 año; participación ≥50 % (5 %/20 % en empresas de reducida dimensión); actividad >2 años; centro de gestión en Galicia y mantenimiento 5 años. También 99 % en explotaciones agrarias (art. 8.5, hasta 4.º grado), fincas rústicas (8.9) y forestales en agrupaciones (8.7).

Tarifa

Tarifa para: Grupo I (menores de 21), Grupo II (cónyuge, hijos, padres)

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €200.000 €0 €5 %
200.000 €600.000 €10.000 €7 %
600.000 €En adelante38.000 €9 %

Tarifa general

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €7.993,46 €0 €7,65 %
7.993,46 €15.980,91 €611,50 €8,5 %
15.980,91 €23.968,36 €1.290,43 €9,35 %
23.968,36 €31.955,81 €2.037,26 €10,2 %
31.955,81 €39.943,26 €2.851,98 €11,05 %
39.943,26 €47.930,72 €3.734,59 €11,9 %
47.930,72 €55.918,17 €4.685,10 €12,75 %
55.918,17 €63.905,62 €5.703,50 €13,6 %
63.905,62 €71.893,07 €6.789,79 €14,45 %
71.893,07 €79.880,52 €7.943,98 €15,3 %
79.880,52 €119.757,67 €9.166,06 €16,15 %
119.757,67 €159.634,83 €15.606,22 €18,7 %
159.634,83 €239.389,13 €23.063,25 €21,25 %
239.389,13 €398.777,54 €40.011,04 €25,5 %
398.777,54 €797.555,08 €80.655,08 €29,75 %
797.555,08 €En adelante199.291,40 €34 %

La tarifa de los grupos I y II es la tarifa inter vivos del art. 9 DL 1/2011 cuando la donación se formaliza en escritura pública. Si no hay escritura, grupos I y II aplican la tarifa del 5 % al 18 %. Grupos III y IV: tarifa estatal.

Coeficientes por patrimonio previo

Patrimonio previo del herederoGrupos IIIIIIIV
Hasta 402.678,11 €111,58822
De 402.678,11 € a 2.007.380,43 €111,66762,1
De 2.007.380,43 € a 4.020.770,98 €111,74712,2
Más de 4.020.770,98 €111,90592,4

Acumulación de donaciones

Art. 30 LISD sin modificación (3 años, mismo donante). En la reducción de vivienda, el límite de 60.000 € es único para todas las donaciones al mismo donatario, de cualquier ascendiente. (La regla de 2026 que hace 'únicas' las reducciones por parentesco y discapacidad afecta a herencias y pactos sucesorios, no a donaciones, que no tienen esas reducciones.)

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo1 mes desde el día siguiente a la donación (devengo) — guía ATRIGA e instrucciones del modelo 651 (01-01-2026)
Modelo651
AdministraciónAxencia Tributaria de Galicia (ATRIGA)
Qué comunidad se aplicaDinero y bienes muebles: la de residencia habitual de quien recibe (la de más días en los últimos 5 años). Inmuebles: la del lugar donde están.
Pareja de hechoEquiparada al cónyuge

Novedades 2026

Ley 5/2025, de 23 de diciembre (desde 01-01-2026): en los contratos de vitalicio en que surja una donación y el alimentante sea de los grupos III o IV, se aplican la tarifa y coeficientes de los grupos I y II si el alimentista tiene ≥65 años, discapacidad ≥33 %, necesita asistencia y no reside en un centro, y el contrato consta en escritura pública (art. 12). La reducción del 100 % por incendios forestales de 2025 (art. 8.10) solo se aplicó a donaciones entre 28-07-2025 y 30-06-2026. Tarifa inter vivos y reducción de vivienda sin cambios.

Normativa y fuentes oficiales

Revisado el 29 de septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hijo por recibir 100.000 € en donación en Galicia?
Con escritura pública y el origen del dinero justificado, un hijo de 35 años paga 5.000 €. Sin cumplir los requisitos formales pagaría 6.000 €.
¿Hace falta ir al notario para donar dinero en Galicia?
Galicia NO tiene bonificación ni deducción en cuota general para donaciones (la deducción del 99 % del art. 11 es solo para herencias del grupo I). El beneficio de grupos I y II es la tarifa inter vivos 5 %/7 %/9 % del art. 9, condicionada a escritura pública; sin escritura rige la tarifa 5-18 %. Coeficiente siempre 1 para grupos I y II. Los beneficios con requisitos posteriores al devengo deben solicitarse expresamente en la autoliquidación presentada en plazo (art. 23), si no se entienden renunciados.
¿Cuánto paga un hermano por una donación en Galicia?
Por 50.000 € paga 7.859,90 €. Bonificación para hermanos: No hay.
¿Quién paga el impuesto de donaciones?
Quien recibe la donación (el donatario). Si se dona un inmueble, quien dona paga además el IRPF por la ganancia patrimonial, y quien recibe paga la plusvalía municipal.
¿Cuál es el plazo para presentar la donación en Galicia?
1 mes desde el día siguiente a la donación (devengo) — guía ATRIGA e instrucciones del modelo 651 (01-01-2026), con el modelo 651.

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