Impuesto de donaciones en Castilla-La Mancha (2026): calculadora y requisitos
En Castilla-La Mancha las donaciones a hijos, nietos, padres y cónyuge o pareja de hecho tienen una bonificación del 95 % de la cuota si la base es inferior a 120.000 €, del 90 % hasta 240.000 € y del 85 % por encima. Por 100.000 € en dinero, un hijo paga unos 621 €, siempre que se haga escritura pública indicando el origen del dinero. Los bienes que no son dinero deben conservarse 5 años. Hermanos, sobrinos, tíos, primos y extraños pagan la tarifa estatal sin bonificación (unos 19.700 € un hermano por 100.000 €), salvo que tengan una discapacidad de al menos el 65 %.
Calculando…
Cuánto se paga por una donación en Castilla-La Mancha
| Recibe | 10.000 € | 30.000 € | 100.000 € | 300.000 € |
|---|---|---|---|---|
| Hijo (21 años o más) | 39,10 € | 133 € | 621 € | 8.320 € |
| Cónyuge o pareja | 39,10 € | 133 € | 621 € | 8.320 € |
| Padre o madre | 39,10 € | 133 € | 621 € | 8.320 € |
| Hermano | 1.242 € | 4.213 € | 19.718 € | 88.092 € |
| Sobrino o tío | 1.242 € | 4.213 € | 19.718 € | 88.092 € |
| Sin parentesco | 1.564 € | 5.305 € | 24.831 € | 110.934 € |
Bonificaciones por parentesco
| Parentesco | Bonificación en cuota |
|---|---|
| Hijo o nieto menor de 21 años | 95 % si la base es menor de 120.000 €; 90 % si la base es menor de 240.000 €; 85 % por encima |
| Hijo o nieto (21 años o más) | 95 % si la base es menor de 120.000 €; 90 % si la base es menor de 240.000 €; 85 % por encima |
| Cónyuge o pareja de hecho | 95 % si la base es menor de 120.000 €; 90 % si la base es menor de 240.000 €; 85 % por encima |
| Padre, madre o abuelo | 95 % si la base es menor de 120.000 €; 90 % si la base es menor de 240.000 €; 85 % por encima |
| Hermano o hermana | No hay |
| Sobrino o tío | No hay |
| Cuñado o sobrino político | No hay |
| Suegro, yerno, nuera o hijastro | No hay |
| Primo (4.º grado) | No hay |
| Sin parentesco o más lejano | No hay |
Art. 17 bis Ley 8/2013: grupos I y II, bonificación de la cuota según la base liquidable de la declaración: inferior a 120.000 €, 95 %; de 120.000 € a menos de 240.000 €, 90 %; 240.000 € o más, 85 %. Discapacidad del donatario >=65 % (y aportaciones a patrimonios protegidos de la Ley 41/2003): bonificación adicional del 95 %, compatible y aplicada después de la de parentesco. Requisitos (art. 18.3): a) la donación debe formalizarse en escritura pública, en la que conste expresamente el origen y la situación de los bienes y derechos donados (en dinero, su origen) y, si no son dinero, su identificación fiscal correcta y completa; b) los bienes que no sean dinero no pueden transmitirse y deben mantenerse en el patrimonio del donatario 5 años desde el devengo (en empresa o participaciones exentas en Patrimonio basta cumplir el art. 20.6.c LISD); c) si se incumple la permanencia, autoliquidación complementaria en 1 mes con intereses. Parejas de hecho: equiparadas si acreditan 2 años de convivencia estable e inscripción en el registro de Castilla-La Mancha u otro análogo, y ambas circunstancias constan en la escritura (art. 18.1). Acogidos y acogedores (acogimiento permanente o preadoptivo) se equiparan a adoptados y adoptantes (art. 18.2).
Reducciones en donaciones en Castilla-La Mancha
| Reducción | Importe | Quién y requisitos |
|---|---|---|
| Reducción complementaria del 4 % por donación de empresa individual, negocio profesional o participaciones con domicilio en Castilla-La Mancha | 4 % del valor | escritura pública. Art. 16 Ley 8/2013. Se suma al 95 % estatal del art. 20.6 LISD (total 99 %) y se aplica después de él. Requisitos: los del art. 20.6 LISD (donante de 65 años o más o incapacitado, que deje las funciones de dirección, etc.) con permanencia de 5 años (en lugar de 10), domicilio fiscal y ubicación de la empresa en Castilla-La Mancha mantenidos 5 años; no aplicable a entidades que gestionen un patrimonio mobiliario o inmobiliario; en participaciones, solo la parte de activos afectos. Si se incumple: autoliquidación complementaria en 1 mes con intereses. |
| Donación de bienes del patrimonio cultural a entidades públicas o sin ánimo de lucro (cesión) | 100 % del valor | escritura pública. Art. 16 bis Ley 8/2013 (según el Portal Tributario): 100 % en cesiones permanentes, 95 % en cesiones de más de 20 años, 75 % de más de 10 años y 50 % de más de 5 años, a favor del sector público regional o local, universidades, centros de investigación o entidades culturales sin ánimo de lucro inscritas. Irrelevante para particulares. |
Tarifa
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|---|
| 0 € | 7.993,46 € | 0 € | 7,65 % |
| 7.993,46 € | 15.980,91 € | 611,50 € | 8,5 % |
| 15.980,91 € | 23.968,36 € | 1.290,43 € | 9,35 % |
| 23.968,36 € | 31.955,81 € | 2.037,26 € | 10,2 % |
| 31.955,81 € | 39.943,26 € | 2.851,98 € | 11,05 % |
| 39.943,26 € | 47.930,72 € | 3.734,59 € | 11,9 % |
| 47.930,72 € | 55.918,17 € | 4.685,10 € | 12,75 % |
| 55.918,17 € | 63.905,62 € | 5.703,50 € | 13,6 % |
| 63.905,62 € | 71.893,07 € | 6.789,79 € | 14,45 % |
| 71.893,07 € | 79.880,52 € | 7.943,98 € | 15,3 % |
| 79.880,52 € | 119.757,67 € | 9.166,06 € | 16,15 % |
| 119.757,67 € | 159.634,83 € | 15.606,22 € | 18,7 % |
| 159.634,83 € | 239.389,13 € | 23.063,25 € | 21,25 % |
| 239.389,13 € | 398.777,54 € | 40.011,04 € | 25,5 % |
| 398.777,54 € | 797.555,08 € | 80.655,08 € | 29,75 % |
| 797.555,08 € | En adelante | 199.291,40 € | 34 % |
Coeficientes por patrimonio previo
| Patrimonio previo del heredero | Grupos I | II | III | IV |
|---|---|---|---|---|
| Hasta 402.678,11 € | 1 | 1 | 1,5882 | 2 |
| De 402.678,11 € a 2.007.380,43 € | 1,05 | 1,05 | 1,6676 | 2,1 |
| De 2.007.380,43 € a 4.020.770,98 € | 1,1 | 1,1 | 1,7471 | 2,2 |
| Más de 4.020.770,98 € | 1,2 | 1,2 | 1,9059 | 2,4 |
Acumulación de donaciones
Art. 30 LISD (sin modificación autonómica): las donaciones y demás transmisiones inter vivos equiparables del mismo donante al mismo donatario dentro de 3 años (desde la fecha de cada una) se consideran una sola adquisición para determinar la cuota: se suman las bases liquidables, se calcula el tipo medio sobre la suma y se aplica a la base liquidable de la donación actual. El tramo de bonificación de Castilla-La Mancha se fija por la base liquidable de 'sus respectivas declaraciones tributarias' (la de cada donación); la ley no dice expresamente si se usa la base acumulada.
Plazo, modelo y dónde se presenta
| Plazo | 30 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de la donación (art. 67.b RD 1629/1991, Reglamento del ISD); Castilla-La Mancha no fija un plazo propio |
|---|---|
| Modelo | 651 |
| Administración | Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de Castilla-La Mancha (Portal Tributario) |
| Qué comunidad se aplica | Dinero y bienes muebles: la de residencia habitual de quien recibe (la de más días en los últimos 5 años). Inmuebles: la del lugar donde están. |
| Pareja de hecho | Equiparada al cónyuge |
Novedades 2026
Sin cambios en donaciones en 2025 ni en 2026: la Ley 1/2026 (en vigor 31-3-2026) no modifica los arts. 16-18 de la Ley 8/2013. El último cambio en los requisitos (art. 18.1-2: parejas de hecho y acogimiento) es de la Ley 1/2023 (en vigor 1-2-2023); la bonificación por tramos está vigente desde el 1-6-2016 (Ley 3/2016).
Normativa y fuentes oficiales
Revisado el 29 de septiembre de 2026.
- Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha (arts. 16, 16 bis, 17 bis y 18; consolidado BOE)
- Ley 1/2026, de 26 de marzo, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha (no modifica los arts. 16-18)
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (texto consolidado BOE; arts. 20.6, 21, 22 y 30 supletorios)
- BOE - Ley 8/2013 CLM, texto consolidado (PDF)
- Iberley - art. 17 bis Ley 8/2013 CLM
- Iberley - art. 18 Ley 8/2013 CLM
- Portal Tributario JCCM - Beneficios fiscales en el ISD
- Portal Tributario JCCM - Entrada en vigor Ley 1/2026
- guiafiscal.es - Impuesto de Donaciones por CCAA 2026
- Ministerio de Hacienda - Tributación Autonómica. Medidas 2026, cap. II (tributos cedidos)
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga un hijo por recibir 100.000 € en donación en Castilla-La Mancha?
¿Hace falta ir al notario para donar dinero en Castilla-La Mancha?
¿Cuánto paga un hermano por una donación en Castilla-La Mancha?
¿Quién paga el impuesto de donaciones?
¿Cuál es el plazo para presentar la donación en Castilla-La Mancha?
Herencias en Castilla-La Mancha
Impuesto de sucesiones
Calculadora y tabla completa
Castilla-La ManchaHeredar una vivienda
Sucesiones, plusvalía y gastos
Castilla-La ManchaHeredar dinero de los padres
Cuánto pagas según el importe
Castilla-La ManchaHerencia del cónyuge
Pareja de hecho y usufructo
Castilla-La ManchaHermanos, sobrinos y tíos
Lo que paga el grupo III
Castilla-La ManchaSeguro de vida
Impuesto al cobrarlo
Donaciones en Castilla-La Mancha
Donar dinero a un hijo
Cuánto se paga y cómo hacerlo
Castilla-La ManchaDonación para comprar vivienda
Reducciones para hijos
Castilla-La Mancha¿Heredar o donar?
Comparativa con IRPF