Impuesto de sucesiones en Asturias (2026): calculadora y cuánto se paga

Actualizado el 29 de septiembre de 2026Normativa de 2026

Cónyuge, hijos y padres reducen 300.000 € de la base; lo que exceda tributa con una tarifa específica que empieza directamente en el 21,25% y llega al 36,5%, sin bonificación. Los descendientes menores de 21 años con patrimonio previo inferior a 402.678,11 € tienen coeficiente 0 (no pagan) y, si lo superan, coeficientes de 0,02-0,04 (casi nada). Hermanos, sobrinos, tíos, primos y extraños aplican las reducciones estatales, la tarifa general asturiana (7,65%-36,5%) y los coeficientes estatales (1,5882-2,4).

Calculadora del impuesto de sucesiones en Asturias
La de su residencia habitual los últimos 5 años.
 
Tu parte, a la fecha del fallecimiento.
Pisos que no eran su vivienda habitual, terrenos, coches…
Valor de referencia del Catastro o, si es mayor, el declarado.
Sirve para porcentajes y límites que dependen del valor.
Más datos (deudas, discapacidad, patrimonio…)
Solo si el fallecido era quien lo contrató (tomador).
Deudas del fallecido, entierro y funeral.
Solo cuenta si supera unos 400.000 €.
 

Calculando…

Ejemplo: un hijo de 45 años que hereda 200.000 € en Asturias paga 0 €. Un hermano que hereda 100.000 € paga 17.659,29 €.

Cuánto se paga en Asturias: ejemplos 2026

Importe a pagar por cada heredero según su parentesco y lo que recibe, calculado con las reducciones, la tarifa, los coeficientes y las bonificaciones vigentes en Asturias.

Heredero50.000 €150.000 €300.000 €700.000 €
Hijo (21 años o más)0 €0 €0 €110.200 €
Hijo menor de 21 (16 años)0 €0 €0 €0 €
Cónyuge o pareja0 €0 €0 €110.200 €
Padre o madre0 €0 €0 €110.200 €
Hermano6.319 €31.375 €84.781 €273.444 €
Sobrino o tío6.319 €31.375 €84.781 €273.444 €
Cuñado6.319 €31.375 €84.781 €273.444 €
Primo9.894 €42.500 €110.840 €349.340 €
Sin parentesco9.894 €42.500 €110.840 €349.340 €
Herencia en dinero o bienes sin ajuar, sin vivienda habitual ni seguros, heredero sin discapacidad ni patrimonio previo relevante.

Reducciones y bonificaciones por parentesco

ParentescoReducciónBonificación en cuota
Hijo o nieto menor de 21 años300.000 €No hay
Hijo o nieto (21 años o más)300.000 €No hay
Cónyuge o pareja de hecho300.000 €No hay
Padre, madre o abuelo300.000 €No hay
Hermano o hermana7.993,46 €No hay
Sobrino o tío7.993,46 €No hay
Cuñado o sobrino político7.993,46 €No hay
Suegro, yerno, nuera o hijastro7.993,46 €No hay
Primo (4.º grado)0 €No hay
Sin parentesco o más lejano0 €No hay

No hay bonificación general por parentesco. Única bonificación: 100% de la cuota para herederos con discapacidad ≥65% cuyo patrimonio preexistente no supere 402.678,11 € (art. 23 TR).

Otras reducciones en Asturias

Vivienda habitual del fallecido99 % si vale hasta 90.000 €, 98 % si vale hasta 120.000 €, 97 % si vale hasta 180.000 €, 96 % si vale hasta 240.000 €, 95 % si vale más del valor, con un límite de 122.606,47 € por heredero. Beneficiarios: cónyuge, hijos y demás descendientes, padres y ascendientes, y hermanos o sobrinos mayores de 65 años que convivieran con el fallecido los 2 años anteriores. Hay que mantener la vivienda 3 años.
Seguros de vida100 % de lo cobrado con un límite de 9.195,49 € para cónyuge, hijos y descendientes y padres.
Discapacidad del heredero47.858,59 € desde el 33 %; 150.253,03 € desde el 65 %.
Empresa familiar99 %. Art. 18 TR: reducción propia del 4% adicional a la estatal del 95% (total 99%) por empresa individual, negocio profesional o participaciones; desde 1-1-2025 también para colaterales hasta 4.º grado (Ley 8/2024). Art. 18 ter: 95% para herederos sin parentesco con requisitos. Art. 18 bis: explotaciones agrarias 99%. Informativa.
Ajuar domésticoSe presume un 3 % del caudal, salvo prueba en contrario. Art. 15 LISD, sin norma asturiana propia.

Tarifa del impuesto en Asturias

La tarifa se aplica a la base liquidable (lo heredado menos las reducciones). La cuota resultante se multiplica por el coeficiente del heredero y después se resta la bonificación.

Tarifa para: Grupo I (menores de 21), Grupo II (cónyuge, hijos, padres)

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €56.000 €0 €21,25 %
56.000 €216.000 €11.900 €25,5 %
216.000 €616.000 €52.700 €31,25 %
616.000 €En adelante177.700 €36,5 %

Tarifa general (grupos III, IV)

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €8.000 €0 €7,65 %
8.000 €16.000 €612 €8,5 %
16.000 €24.000 €1.292 €9,35 %
24.000 €32.000 €2.040 €10,2 %
32.000 €40.000 €2.856 €11,05 %
40.000 €48.000 €3.740 €11,9 %
48.000 €56.000 €4.692 €12,75 %
56.000 €64.000 €5.712 €13,6 %
64.000 €72.000 €6.800 €14,45 %
72.000 €80.000 €7.956 €15,3 %
80.000 €120.000 €9.180 €16,15 %
120.000 €160.000 €15.640 €18,7 %
160.000 €240.000 €23.120 €21,25 %
240.000 €400.000 €40.120 €25,5 %
400.000 €800.000 €80.920 €31,25 %
800.000 €En adelante205.920 €36,5 %

Coeficientes por patrimonio previo

Patrimonio previo del herederoGrupos IIIIIIIV
Hasta 402.678,11 €011,58822
De 402.678,11 € a 2.007.380,43 €0,021,051,66762,1
De 2.007.380,43 € a 4.020.770,98 €0,031,11,74712,2
Más de 4.020.770,98 €0,041,21,90592,4

Pareja de hecho

Sí. Asturias equipara la pareja de hecho al cónyuge. Parejas estables conforme a la Ley del Principado de Asturias 4/2002, de 23 de mayo, de Parejas Estables (art. 24 TR). La equiparación se extiende a reducciones y coeficientes multiplicadores. También acogimiento familiar permanente o preadoptivo.

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo6 meses desde el fallecimiento; prorrogable por otros 6 meses si se solicita dentro de los 5 primeros meses (art. 67-68 RISD)
Modelo650
AdministraciónEnte Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias
Qué norma se aplicaResidencia habitual del causante en la comunidad durante el mayor número de días de los 5 años anteriores al fallecimiento (art. 28 Ley 22/2009)

Novedades 2026

La Ley 5/2025 de Asturias pone en vigor en 2026 la reducción del 99 % por empresa familiar también para parientes hasta el 4.º grado cuando no hay descendientes, con 10 años de mantenimiento. Sin cambios en tarifas, reducciones por parentesco ni coeficientes.

Normativa y fuentes oficiales

Cifras revisadas el 29 de septiembre de 2026 en estas fuentes:

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hijo que hereda 200.000 € en Asturias?
Un hijo de 45 años sin patrimonio previo relevante que hereda 200.000 € en dinero paga 0 € en Asturias en 2026. Su base liquidable queda en 0 € tras reducciones de 300.000 € y la bonificación es del 0 %.
¿Pagan impuesto de sucesiones los hermanos en Asturias?
Sí. Un hermano que hereda 100.000 € paga 17.659,29 € (17,66 % de lo heredado). Reducción: 7.993,46 €. Bonificación: No hay.
¿La pareja de hecho paga como el cónyuge en Asturias?
Sí. Asturias equipara la pareja de hecho al cónyuge. Parejas estables conforme a la Ley del Principado de Asturias 4/2002, de 23 de mayo, de Parejas Estables (art. 24 TR). La equiparación se extiende a reducciones y coeficientes multiplicadores. También acogimiento familiar permanente o preadoptivo.
¿Cuál es el plazo para presentar el impuesto de sucesiones en Asturias?
6 meses desde el fallecimiento; prorrogable por otros 6 meses si se solicita dentro de los 5 primeros meses (art. 67-68 RISD). Si presentas tarde se aplican recargos del artículo 27 de la Ley General Tributaria y, en algunas comunidades, se pierden las bonificaciones.
¿Qué modelo se usa y dónde se presenta en Asturias?
El modelo 650, ante Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias.

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