Impuesto de sucesiones en La Rioja (2026): calculadora y cuánto se paga
En La Rioja hijos, nietos, cónyuge (y pareja de hecho inscrita) y padres tienen una deducción del 99 % de la cuota, sin límite de importe, y lo mismo quien haya convivido con el fallecido 15 años en la misma casa. Hermanos, sobrinos, tíos, afines, primos y extraños no tienen rebaja autonómica y pagan con la tarifa y coeficientes estatales (7,65 %-34 %).
Calculando…
Cuánto se paga en La Rioja: ejemplos 2026
Importe a pagar por cada heredero según su parentesco y lo que recibe, calculado con las reducciones, la tarifa, los coeficientes y las bonificaciones vigentes en La Rioja.
| Heredero | 50.000 € | 150.000 € | 300.000 € | 700.000 € |
|---|---|---|---|---|
| Hijo (21 años o más) | 30,83 € | 183 € | 514 € | 1.655 € |
| Hijo menor de 21 (16 años) | 11,30 € | 147 € | 463 € | 1.596 € |
| Cónyuge o pareja | 30,83 € | 183 € | 514 € | 1.655 € |
| Padre o madre | 30,83 € | 183 € | 514 € | 1.655 € |
| Hermano | 6.321 € | 31.394 € | 84.855 € | 266.644 € |
| Sobrino o tío | 6.321 € | 31.394 € | 84.855 € | 266.644 € |
| Cuñado | 6.321 € | 31.394 € | 84.855 € | 266.644 € |
| Primo | 9.898 € | 42.523 € | 110.934 € | 340.538 € |
| Sin parentesco | 9.898 € | 42.523 € | 110.934 € | 340.538 € |
Reducciones y bonificaciones por parentesco
| Parentesco | Reducción | Bonificación en cuota |
|---|---|---|
| Hijo o nieto menor de 21 años | 15.956,87 € + 3.990,72 € por año menos de 21 (máximo 47.858,59 €) | 99 % |
| Hijo o nieto (21 años o más) | 15.956,87 € | 99 % |
| Cónyuge o pareja de hecho | 15.956,87 € | 99 % |
| Padre, madre o abuelo | 15.956,87 € | 99 % |
| Hermano o hermana | 7.993,46 € | No hay |
| Sobrino o tío | 7.993,46 € | No hay |
| Cuñado o sobrino político | 7.993,46 € | No hay |
| Suegro, yerno, nuera o hijastro | 7.993,46 € | No hay |
| Primo (4.º grado) | 0 € | No hay |
| Sin parentesco o más lejano | 0 € | No hay |
Art. 37.2 Ley 10/2017 (redacción Ley 2/2024): deducción del 99 % de la cuota que resulte tras las deducciones estatales y autonómicas, para grupos I y II, sin límite de base liquidable (el límite de 400.000/500.000 € anterior se suprimió desde el 9-2-2024). Art. 37 bis (desde 1-1-2025): mismo 99 % para convivientes estables en el mismo domicilio al menos los 15 años anteriores al devengo, cualquiera que sea su relación (basta con 10 de esos 15 años si la convivencia se interrumpió por ingreso en centro residencial). Deducción adicional del 25 % de la cuota correspondiente a bienes destinados en el plazo de un año a constituir o dotar fundaciones domiciliadas en La Rioja.
Otras reducciones en La Rioja
| Vivienda habitual del fallecido | 95 % del valor, con un límite de 122.606,47 € por heredero. Beneficiarios: cónyuge, hijos y demás descendientes, padres y ascendientes, y hermanos o sobrinos mayores de 65 años que convivieran con el fallecido los 2 años anteriores. Hay que mantener la vivienda 5 años. |
|---|---|
| Seguros de vida | 100 % de lo cobrado con un límite de 9.195,49 € para cónyuge, hijos y descendientes y padres. |
| Discapacidad del heredero | 47.858,59 € desde el 33 %; 150.253,03 € desde el 65 %. |
| Empresa familiar | 99 %. Art. 35.1-35.3 Ley 10/2017: 99 % por empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades con domicilio fiscal en La Rioja (5 % individual / 20 % con familia) y por explotaciones agrarias, para cónyuge, descendientes, ascendientes, adoptados y colaterales (hasta 4.º grado según versión 2017; la Ley 9/2025 incluye desde 2026 colaterales de 2.º y 3.er grado con origen en la adopción); mantenimiento 5 años y domicilio en La Rioja. Incompatible con la estatal del art. 20.2.c para los mismos bienes (art. 36). |
| Ajuar doméstico | Se presume un 3 % del caudal, salvo prueba en contrario. Art. 15 LISD: el ajuar doméstico se valora en el 3 % del caudal relicto, salvo que los interesados le asignen un valor superior o prueben fehacientemente su inexistencia o un valor inferior. Según doctrina del Tribunal Supremo (STS 19-05-2020, rec. 6997/2018) el 3 % se aplica solo sobre bienes afectos al uso personal o doméstico (no sobre acciones, dinero, etc.). La calculadora lo suma sobre inmuebles y otros bienes, pero no sobre el dinero. |
Tarifa del impuesto en La Rioja
La tarifa se aplica a la base liquidable (lo heredado menos las reducciones). La cuota resultante se multiplica por el coeficiente del heredero y después se resta la bonificación.
| Base liquidable desde | Hasta | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|---|
| 0 € | 7.993,46 € | 0 € | 7,65 % |
| 7.993,46 € | 15.980,91 € | 611,50 € | 8,5 % |
| 15.980,91 € | 23.968,36 € | 1.290,43 € | 9,35 % |
| 23.968,36 € | 31.955,81 € | 2.037,26 € | 10,2 % |
| 31.955,81 € | 39.943,26 € | 2.851,98 € | 11,05 % |
| 39.943,26 € | 47.930,72 € | 3.734,59 € | 11,9 % |
| 47.930,72 € | 55.918,17 € | 4.685,10 € | 12,75 % |
| 55.918,17 € | 63.905,62 € | 5.703,50 € | 13,6 % |
| 63.905,62 € | 71.893,07 € | 6.789,79 € | 14,45 % |
| 71.893,07 € | 79.880,52 € | 7.943,98 € | 15,3 % |
| 79.880,52 € | 119.757,67 € | 9.166,06 € | 16,15 % |
| 119.757,67 € | 159.634,83 € | 15.606,22 € | 18,7 % |
| 159.634,83 € | 239.389,13 € | 23.063,25 € | 21,25 % |
| 239.389,13 € | 398.777,54 € | 40.011,04 € | 25,5 % |
| 398.777,54 € | 797.555,08 € | 80.655,08 € | 29,75 % |
| 797.555,08 € | En adelante | 199.291,40 € | 34 % |
Coeficientes por patrimonio previo
| Patrimonio previo del heredero | Grupos I | II | III | IV |
|---|---|---|---|---|
| Hasta 402.678,11 € | 1 | 1 | 1,5882 | 2 |
| De 402.678,11 € a 2.007.380,43 € | 1,05 | 1,05 | 1,6676 | 2,1 |
| De 2.007.380,43 € a 4.020.770,98 € | 1,1 | 1,1 | 1,7471 | 2,2 |
| Más de 4.020.770,98 € | 1,2 | 1,2 | 1,9059 | 2,4 |
Pareja de hecho
Sí. La Rioja equipara la pareja de hecho al cónyuge. Parejas de hecho con convivencia estable de al menos 2 años anteriores al devengo, inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de La Rioja o en registros análogos de otras Administraciones (art. 42 Ley 10/2017, redacción Ley 6/2024). Además, art. 37 bis: la deducción del 99 % se extiende a quien, cualquiera que sea su relación, haya convivido con el causante en el mismo domicilio al menos los 15 años anteriores.
Plazo, modelo y dónde se presenta
| Plazo | 6 meses desde el fallecimiento (art. 67.1.a RD 1629/1991); prorrogable por otros 6 meses si se solicita dentro de los 5 primeros meses del plazo (art. 68); la prórroga devenga intereses de demora. |
|---|---|
| Modelo | 650 |
| Administración | Dirección General de Tributos del Gobierno de La Rioja |
| Qué norma se aplica | Residencia habitual del causante en la comunidad autónoma donde haya permanecido más días del periodo de los 5 años inmediatamente anteriores, contados de fecha a fecha, que finalice el día anterior al del devengo (art. 28.1.1º.a y 32.2.a Ley 22/2009). Si no se cumple, se aplica la normativa estatal (o, para no residentes UE/EEE, la opción de la DA 2ª LISD). |
Novedades 2026
Ley 9/2025, de 29 de diciembre (BOR 30-12-2025, vigor 1-1-2026): amplía las reducciones propias del 99 % por empresa y participaciones a colaterales con origen en la adopción; no cambia tarifa ni deducciones. Ley 6/2024 (vigor 1-1-2025): nuevo art. 37 bis (99 % para convivientes de 15 años) y nueva redacción de la equiparación de parejas de hecho (art. 42). Ley 2/2024 (vigor 9-2-2024): 99 % sin límite de base para grupos I y II.
Normativa y fuentes oficiales
Cifras revisadas el 29 de septiembre de 2026 en estas fuentes:
- Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos (arts. 34-37 bis, 42) — texto consolidado
- Ley 2/2024, de 7 de febrero, de bonificación del impuesto sobre sucesiones y donaciones (deducción 99 % sin límite, desde 9-2-2024)
- Ley 6/2024, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para 2025 (art. 37 bis convivientes 15 años)
- Ley 9/2025, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para 2026 (reducciones de empresa: colaterales por adopción)
- Ley 29/1987 del ISD (reducciones de parentesco, tarifa y coeficientes estatales)
- Gobierno de La Rioja — FAQ deducciones mortis causa
- Texto consolidado Ley 10/2017 (dossier Cortes de Castilla y León)
- Ministerio de Hacienda — Tributación Autonómica. Medidas 2026, cap. I y II
- Gobierno de La Rioja — Normativa autonómica
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga un hijo que hereda 200.000 € en La Rioja?
¿Pagan impuesto de sucesiones los hermanos en La Rioja?
¿La pareja de hecho paga como el cónyuge en La Rioja?
¿Cuál es el plazo para presentar el impuesto de sucesiones en La Rioja?
¿Qué modelo se usa y dónde se presenta en La Rioja?
Herencias en La Rioja
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La RiojaHeredar dinero de los padres
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La RiojaHerencia del cónyuge
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