Impuesto de sucesiones en Bizkaia (2026): calculadora y cuánto se paga

Actualizado el 29 de septiembre de 2026Normativa de 2026

En Bizkaia el cónyuge o pareja de hecho, los hijos, nietos, padres y abuelos reducen 400.000 € cada uno y pagan un 1,5 % fijo sobre el exceso, así que casi siempre pagan 0. Los hermanos reducen 40.000 €; sobrinos, tíos y suegros/yernos 20.000 €, y todos pagan una escala del 5,70 % al 34,58 %. Primos, cuñados y extraños no tienen reducción y pagan del 7,60 % al 42,56 %.

Calculadora del impuesto de sucesiones en Bizkaia
La de su residencia habitual los últimos 5 años.
 
Tu parte, a la fecha del fallecimiento.
Pisos que no eran su vivienda habitual, terrenos, coches…
Valor de referencia del Catastro o, si es mayor, el declarado.
Sirve para porcentajes y límites que dependen del valor.
Más datos (deudas, discapacidad, patrimonio…)
Solo si el fallecido era quien lo contrató (tomador).
Deudas del fallecido, entierro y funeral.
Solo cuenta si supera unos 400.000 €.
 

Calculando…

Ejemplo: un hijo de 45 años que hereda 200.000 € en Bizkaia paga 0 €. Un hermano que hereda 100.000 € paga 5.630,69 €.

Cuánto se paga en Bizkaia: ejemplos 2026

Importe a pagar por cada heredero según su parentesco y lo que recibe, calculado con las reducciones, la tarifa, los coeficientes y las bonificaciones vigentes en Bizkaia.

Heredero50.000 €150.000 €300.000 €700.000 €
Hijo (21 años o más)0 €0 €0 €4.500 €
Hijo menor de 21 (16 años)0 €0 €0 €4.500 €
Cónyuge o pareja0 €0 €0 €4.500 €
Padre o madre0 €0 €0 €4.500 €
Hermano588 €12.441 €38.681 €123.759 €
Sobrino o tío2.236 €15.557 €42.557 €128.395 €
Cuñado5.836 €24.750 €60.799 €172.012 €
Primo5.836 €24.750 €60.799 €172.012 €
Sin parentesco5.836 €24.750 €60.799 €172.012 €
Herencia en dinero o bienes sin ajuar, sin vivienda habitual ni seguros, heredero sin discapacidad ni patrimonio previo relevante.

Reducciones y bonificaciones por parentesco

ParentescoReducciónBonificación en cuota
Hijo o nieto menor de 21 años400.000 €No hay
Hijo o nieto (21 años o más)400.000 €No hay
Cónyuge o pareja de hecho400.000 €No hay
Padre, madre o abuelo400.000 €No hay
Hermano o hermana40.000 €No hay
Sobrino o tío20.000 €No hay
Cuñado o sobrino político0 €No hay
Suegro, yerno, nuera o hijastro20.000 €No hay
Primo (4.º grado)0 €No hay
Sin parentesco o más lejano0 €No hay

Sin bonificaciones en cuota ni coeficientes multiplicadores.

Otras reducciones en Bizkaia

Vivienda habitual del fallecido95 % del valor, con un límite de 215.000 € por heredero. Beneficiarios: cualquier heredero que conviviera con el fallecido en esa vivienda los 2 años anteriores.
Seguros de vida100 % de lo cobrado con un límite de 400.000 € para cónyuge, hijos y descendientes y padres. Hermanos, sobrinos y afines: 50 % con límite de 200.000 €. Resto: 10 % con límite de 40.000 €.
Discapacidad del heredero100.000 € con cualquier grado reconocido.
Empresa familiar95 %. Art. 43.3: reducción del 95 % de empresa individual, negocio profesional o participaciones, manteniéndola 5 años. Hay además exenciones propias (art. 12).
Ajuar domésticoLa NF 4/2015 no recoge presunción de ajuar doméstico: no aparece en los arts. 19-30. Se tributa por el valor real de los bienes.

Tarifa del impuesto en Bizkaia

La tarifa se aplica a la base liquidable (lo heredado menos las reducciones). La cuota resultante se multiplica por el coeficiente del heredero y después se resta la bonificación.

Tarifa para: Hijo o nieto menor de 21 años, Hijo o nieto (21 años o más), Cónyuge o pareja de hecho, Padre, madre o abuelo

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €En adelante0 €1,5 %

Tarifa para: Hermano o hermana, Sobrino o tío, Suegro, yerno, nuera o hijastro

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €9.230 €0 €5,7 %
9.230 €27.680 €526,11 €7,98 %
27.680 €46.130 €1.998,42 €10,26 %
46.130 €92.240 €3.891,39 €12,54 %
92.240 €184.460 €9.673,58 €15,58 %
184.460 €461.110 €24.041,46 €19,38 %
461.110 €922.190 €77.656,23 €23,18 %
922.190 €2.305.420 €184.534,57 €28,5 %
2.305.420 €En adelante578.755,12 €34,58 %

Tarifa para: Primo (4.º grado), Sin parentesco o más lejano

Base liquidable desdeHastaCuota acumuladaTipo del tramo
0 €9.230 €0 €7,6 %
9.230 €27.680 €701,48 €10,64 %
27.680 €46.130 €2.664,56 €13,68 %
46.130 €92.240 €5.188,52 €16,72 %
92.240 €184.460 €12.898,11 €20,52 %
184.460 €461.110 €31.821,66 €25,08 %
461.110 €922.190 €101.205,48 €29,64 %
922.190 €2.305.420 €237.869,59 €35,72 %
2.305.420 €En adelante731.959,34 €42,56 %

Coeficientes por patrimonio previo

No hay coeficientes multiplicadores: el patrimonio que ya tenga el heredero no cambia el impuesto.

Pareja de hecho

Sí. Bizkaia equipara la pareja de hecho al cónyuge. Pareja de hecho conforme a la Ley 2/2003, de 7 de mayo, del Parlamento Vasco, inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo6 meses desde el fallecimiento (plazo general de las normas forales vascas; no se pudo leer el art. 69 de la NF)
Modelo650
AdministraciónDiputación Foral de Bizkaia - Departamento de Hacienda y Finanzas
Qué norma se aplicaResidencia habitual del causante en Bizkaia (Concierto Económico, art. 25). Si el causante adquirió la residencia en el País Vasco con menos de 5 años de antelación se aplica la normativa estatal.

Novedades 2026

Sin cambios en herencias para 2026: la NF 21/2025, de medidas tributarias para 2026, no modifica la NF 4/2015 en lo que afecta a mortis causa. Los cambios recientes se refieren a donaciones (exención de donaciones para vivienda de menores de 36 años, art. 12.10) y a la empresa familiar y los trabajadores.

Normativa y fuentes oficiales

Cifras revisadas el 29 de septiembre de 2026 en estas fuentes:

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hijo que hereda 200.000 € en Bizkaia?
Un hijo de 45 años sin patrimonio previo relevante que hereda 200.000 € en dinero paga 0 € en Bizkaia en 2026. Su base liquidable queda en 0 € tras reducciones de 400.000 € y la bonificación es del 0 %.
¿Pagan impuesto de sucesiones los hermanos en Bizkaia?
Sí. Un hermano que hereda 100.000 € paga 5.630,69 € (5,63 % de lo heredado). Reducción: 40.000 €. Bonificación: No hay.
¿La pareja de hecho paga como el cónyuge en Bizkaia?
Sí. Bizkaia equipara la pareja de hecho al cónyuge. Pareja de hecho conforme a la Ley 2/2003, de 7 de mayo, del Parlamento Vasco, inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
¿Cuál es el plazo para presentar el impuesto de sucesiones en Bizkaia?
6 meses desde el fallecimiento (plazo general de las normas forales vascas; no se pudo leer el art. 69 de la NF). Si presentas tarde se aplican recargos del artículo 27 de la Ley General Tributaria y, en algunas comunidades, se pierden las bonificaciones.
¿Qué modelo se usa y dónde se presenta en Bizkaia?
El modelo 650, ante Diputación Foral de Bizkaia - Departamento de Hacienda y Finanzas.

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