Herencia de hermanos, sobrinos y tíos en Melilla: cuánto se paga

Actualizado el 29 de septiembre de 2026Normativa de 2026

Hermanos, sobrinos, tíos y parientes por afinidad forman el grupo III del impuesto: menos reducciones, coeficientes más altos y, en muchas comunidades, sin bonificación. Así queda en Melilla en 2026.

Calcula lo que paga un hermano o sobrino en Melilla
La de su residencia habitual los últimos 5 años.
 
Tu parte, a la fecha del fallecimiento.
Pisos que no eran su vivienda habitual, terrenos, coches…
Valor de referencia del Catastro o, si es mayor, el declarado.
Sirve para porcentajes y límites que dependen del valor.
Más datos (deudas, discapacidad, patrimonio…)
Solo si el fallecido era quien lo contrató (tomador).
Deudas del fallecido, entierro y funeral.
Solo cuenta si supera unos 400.000 €.
 

Calculando…

Heredando 100.000 € en Melilla: un hermano paga 8.833,90 € y un sobrino 8.833,90 €.

Tabla: cuánto pagan hermanos, sobrinos y primos en Melilla

HeredaHermanoSobrino o tíoCuñadoPrimoSin parentesco
20.000 €756 €756 €756 €1.666 €1.666 €
50.000 €3.161 €3.161 €3.161 €4.949 €4.949 €
100.000 €8.834 €8.834 €8.834 €12.415 €12.415 €
200.000 €23.777 €23.777 €23.777 €31.641 €31.641 €
400.000 €62.677 €62.677 €62.677 €81.019 €81.019 €
Herencia en dinero, sin vivienda habitual, discapacidad ni patrimonio previo superior a 400.000 €.

Reducciones y bonificaciones del grupo III en Melilla

ParentescoReducciónBonificación
Hermano o hermana7.993,46 €50 %
Sobrino o tío7.993,46 €50 %
Cuñado o sobrino político7.993,46 €50 %
Suegro, yerno, nuera o hijastro7.993,46 €50 %
Primo (4.º grado)0 €50 %
Sin parentesco o más lejano0 €50 %

Si heredas la vivienda en la que vivías con el fallecido

Un hermano, sobrino o tío mayor de 65 años que conviviera con el fallecido los 2 años anteriores puede aplicar la reducción por vivienda habitual: 95 % del valor, con un límite de 122.606,47 € por heredero. Beneficiarios: cónyuge, hijos y demás descendientes, padres y ascendientes, y hermanos o sobrinos mayores de 65 años que convivieran con el fallecido los 2 años anteriores. Hay que mantener la vivienda 10 años.

Por qué un sobrino paga tanto más que un hijo

En territorio común, al grupo III se le aplica la misma tarifa que a los hijos, pero la cuota se multiplica por un coeficiente de al menos 1,5882 (frente a 1 de los hijos), la reducción es mucho menor y las bonificaciones autonómicas suelen limitarse a hijos, cónyuge y padres. En los territorios forales hay tarifas específicas más altas para colaterales.

Plazo, modelo y dónde se presenta

Plazo6 meses desde el fallecimiento (art. 67.1.a RD 1629/1991); prorrogable por otros 6 meses si se solicita dentro de los 5 primeros meses del plazo (art. 68); la prórroga devenga intereses de demora.
Modelo650
AdministraciónAgencia Estatal de Administración Tributaria — Delegación de Melilla
Qué norma se aplicaCausante con residencia habitual en Melilla: el impuesto no está cedido a las ciudades autónomas; lo gestiona la AEAT aplicando íntegramente la normativa estatal. La bonificación del art. 23 bis exige que el causante tuviera la residencia habitual en Melilla a la fecha del devengo y durante los 5 años anteriores, contados de fecha a fecha, que finalicen el día anterior al del devengo.

Normativa y fuentes oficiales

Cifras revisadas el 29 de septiembre de 2026 en estas fuentes:

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hermano por heredar en Melilla?
Heredando 100.000 € paga 8.833,90 € (un 8,83 %). Reducción: 7.993,46 €. Bonificación: 50 %.
¿Cuánto paga un sobrino por heredar de su tío en Melilla?
Heredando 100.000 € paga 8.833,90 € (un 8,83 %). Reducción: 7.993,46 €. Bonificación: 50 %.
¿Heredan los hermanos si no hay testamento?
Sí, pero solo si el fallecido no deja descendientes, ascendientes ni cónyuge (arts. 943 a 955 del Código Civil). Los hermanos heredan a partes iguales y los hijos de un hermano fallecido (sobrinos) ocupan su lugar. En los territorios con Derecho civil propio el orden puede variar.
¿Un cuñado es familiar a efectos del impuesto?
Sí. En territorio común el cuñado es colateral de segundo grado por afinidad y está en el grupo III, como hermanos y sobrinos.
¿Se puede reducir el impuesto de un sobrino o un hermano?
Las vías legales habituales son la reducción por vivienda habitual si convivía con el fallecido (según los requisitos de Melilla), los seguros de vida con su propia reducción y, en vida, las donaciones con las reglas que tenga cada comunidad. Planificarlo con un asesor suele compensar en herencias grandes.

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